JURADO ELECTORAL DEL CLUB ANCASH
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INFORME GENERAL SOBRE EL PROCESO ELECTORAL CONCLUIDO DEL CLUB ANCASH
Jesús María, 01 de abril del 2025
Señor
Dr. FILOMENO ZUBIETA NUÑEZ
PRESIDENTE DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL CLUB ANCASH
ASUNTO: INFORME GENERAL SOBRE EL PROCESO ELECTORAL CONCLUIDO
De nuestra consideración:
Reciba nuestros saludos cordiales y a la vez, para informarle todo lo actuado en el acto eleccionario, para elegir al nuevo Consejo Directivo del Club Ancash, para el periodo del 2025 al 2027.
CRONOLOGIA DEL PROCESO ELECTORAL:
1. En cumplimiento del artículo Nro. 32, inciso b) del Estatuto del Club Ancash, el Ex Presidente Harwill Arnulfo Moreno Bardales, convocó a la Asamblea General Ordinaria de Asociados para el 27 de noviembre de 2024. En dicho acto institucional y por mayoría de los asociados asistentes, se eligió a los miembros del Jurado Electoral. Por lo tanto, la vigencia del Jurado Electoral es de dos años (vence en noviembre 2026). Recordar que esta vigencia periódica de 2 años, es igual para el tribunal de honor, junta revisora de cuentas y el comité de patrimonio (vence en junio)
2. En la primera semana de diciembre 2024, los miembros del Jurado Electoral, inician su labor electoral y ponen como agenda inmediata la revisión del Reglamento Electoral, aprobada por la Asamblea General de Asociados un 10 de noviembre del año 2022 y que contenía 84 artículos, 4 disposiciones complementarias y 4 disposiciones finales.
3. Luego de 4 sesiones del Jurado Electoral, se determina que, en dicho Reglamento Electoral, hay varias contradicciones con el estatuto, por lo que se decide en preparar un nuevo reglamento, rescatando todo lo bueno, del aprobado por los asociados en asamblea general del 10 de noviembre 2022 y que sirvió, para elegir al ex Presidente Harwill Arnulfo Moreno Bardales y su consejo directivo, periodo 2023- 2025.
4. Una vez, preparado el proyecto del nuevo Reglamento Electoral, se informa al ex Presidente Harwill Arnulfo Moreno Bardales, la necesidad de que convoque a una asamblea general de los asociados, y se hace efectivo el 31 de enero del 2025. Previamente se coloca el proyecto del Reglamento electoral, en la pizarra del Club Ancash y se difunde a los WhatsApp de los asociados y en la web del jurado electoral, para conocimiento. Dicha Asamblea general, fue dirigido por el ex Presidente Hawill Arnulfo Moreno Bardales. Luego de la lectura de artículo por artículo y por capítulos, del proyecto nuevo Reglamento Electoral, se inicia el debate y participación de todos los asociados, quienes aprueban, desaprueban y adicionan algunas recomendaciones del proyecto. Luego de estas participaciones, se da lectura de cómo va a quedar el nuevo Reglamento Electoral, y sometido a votación, se determina que la mayoría están de acuerdo, por lo tanto, el ex Presidente Harwill Arnulfo Moreno, da por aprobado el nuevo Reglamento Electoral, con 77 artículos, 3 disposiciones complementarias y 4 disposiciones finales.
5. En sesión del Jurado Electoral, se confirma la legalidad de este nuevo Reglamento Electoral y que será de suma importancia para su actuar, durante todo el proceso electoral.
6. El ex Presidente Arnulfo Moreno, nos pide, como está quedando el nuevo reglamento electoral y al verlo, manifiesta que es demasiado extenso y se le hace entrega, de lo que teníamos en ese momento. Luego de varios días, nos presenta el Reglamento Electoral, mejorado por su persona y lo suscribe con su firma y cargo de Presidente del Club Ancash. Por lo que el JURADO ELECTORAL, lo revisa y determina que será el Reglamento Electoral oficial y se publica en la vitrina del Club Ancash y lo difunde por las redes sociales de los asociados. Se crea una página web provisional, donde se informa el proceso electoral.
7. Una vez convocada por el ex Presidente Harwill Arnulfo Moreno Bardales, la fecha de las elecciones o sea para el sábado 15 de marzo 2025 de 09 am a 5 pm, el JURADO ELECTORAL, elabora su cronograma electoral y es publicado en la vitrina del Club y difundido por las redes sociales de los asociados.
9. El 28 de febrero 2025, nos entregan el Padrón de Electores, donde solo se indica el nombre y apellido, Nro. DNI y el espacio para que firmen. Este importante padrón, lo firma el ex Presidente H. Arnulfo Moreno y su Director General, Fue entregado al Jurado por el Presidente Arnulfo Moreno y no por el Sub Director General y no sabemos si hubo o no el informe del Director de Economía (ver el artículo 123ª del estatuto).
10. De acuerdo al Cronograma Electoral, se recibe de los personeros acreditados, dos listas, la primera de Fraternidad Ancashina, liderada por el candidato a la Presidencia Dr. Filomeno Zubiate Nuñez y la otra, Integración Ancashina, liderada por el candidato a la Presidencia Ing. Javier Ortiz Torres.
11. Durante el proceso de tachas, ambos personeros presentan tachas contra algunos candidatos. El Jurado electoral, luego de revisarlos, les pide a los personeros de ambas listas, adjunten mayor información documentaria.
12. Cumplido con adjuntar medios probatorios, el Jurado Electoral determina infundadas las tachas y mediante la resolución Nro. 0001/2025, declaran aptas y habilitadas a las dos listas, para el proceso electoral del sábado 15 de marzo del 2025. Se informa a los personeros, se publica en la vitrina del Club ANCASH y se publicita a las redes sociales de los asociados.
13. El 12 de marzo 2025, se organiza la exposición de planes de gobiernos de los 2 candidatos, dirigido por la Presidenta del Jurado Electoral, evento que se realizó en camaradería ancashina.
14. SABADO 15 DE MARZO 2025. Se inicia el acto electoral, con la revisión del padrón, la firma de las 188 cedulas, donde la suscriben los 3 miembros del Jurado Electoral, así como los 2 personeros. Terminado el acto electoral, se verifica que hay 128 asociados asistentes y 60 cedulas en blanco, de los que no asistieron. Se suscribe el acta de sufragio, los miembros del Jurado Electoral y los 2 personeros.
15. A las 17.10 horas, la Presidenta del Jurado Electoral, abre el ánfora y se procede a contar las cedulas de votación en presencia de ambos personeros. Se verifica que hay 128 cedulas de votación, lo que concuerda con el padrón electoral. Acto seguido la Presidenta del Jurado Electoral, empieza al conteo de votos y va abriendo uno a uno, exhibiéndolo públicamente y a los dos personeros. El Secretario encargado Justo Ponte, va anotando en una pizarra acrílica, el resultado de la votación de ambas listas.
16. De los 128 votos, se encuentra 3 votos en blanco y 5 nulos o viciados y 120 votos válidos. Se consulta a los personeros sobre este resultado y dan la conformidad publica y que está grabado en video. NO HUBO OBSERVACION O IMPUGNACION ESCRITA.
17. El resultado final de los votos válidos, determinó un empate. 60 votos válidos para la lista 01 Fraternidad Ancashina y 60 votos para Integración Ancashina. Por lo que el Jurado Electoral, hizo lectura del Reglamento Electoral, donde su artículo 46ª establece que será declarada ganadora de las elecciones, la lista que obtenga mayoría de votos. En caso de empate, se decidirá al ganador, por sorteo en el mismo acto.
18. Acto seguido y al no haber observación o impugnación a la formalidad establecida en el artículo 46ª del reglamento electoral, en presencia de los candidatos, personeros de ambas listas, asociados presentes y de los miembros del Consejo Directivo vigente en dicho día, se procedió al sorteo, a cargo del secretario encargado Justo Ponte. Se coordinó con la Presidente del Jurado Electoral y se hizo dos sobres, en la que se indica el NRO. DE LA LISTA, procediendo a ingresarlo a una bolsa. En aras de transparencia se invitó al personal de la seguridad del Club, a sacar un sobre, que determinaría al ganador del sorteo. Abriendo el sobre, se determina como ganador a la lista número 1 Fraternidad Ancashina, presidida por el Dr. Filomeno Zubieta Núñez, quien fue felicitado por el ex Presidente Arnulfo Moreno B. y asociados presentes. TODO ESTE ACTO DEL SORTEO ESTA GRABADO EN VIDEO y FUE TRANSPARENTE Y PUBLICO.
19. Posteriormente el secretario encargado, por un error involuntario y producto del trajinar de más de 09 horas intensas del acto electoral, indica 61 para la lista 01 y 60 para la lista 02.
20. De acuerdo al estatuto se realiza el acto de proclamación de la nueva directiva del Club Ancash, presidido por el Dr. Filomeno Zubiate Núñez y miembros. Al redactar el acta de la proclamación, el secretario encargado se da cuenta del error del documento de conteo de votos y lo corrige en este documento de proclamación, indicando el resultado oficial de 60 votos para cada lista participante. Para dejar bien en claro, que nuestra participación fue imparcial y transparente. Luego de la suscripción del acta de proclamación, se hace entrega de un ejemplar al personero de la lista 1, Abogado Acacio Torres. Acto seguido, se redacta el mismo 15 de marzo 2025, el acta de resultados de escrutinio oficial, donde se indica que hubo 120 votos válidos, 03 votos en blanco y 5 votos nulos/viciados, haciendo un total de 128 votos y 60 asociados que no asistieron. Con esta acta se rectifica el error involuntario del acta de conteo de votos. Se entrega vía secretaria, una copia para el Ex Presidente H. Arnulfo Moreno Bardales y la otra se publica en la vitrina del Club Ancash, para conocimiento general. Se publica en los WhatsApp de los asociados también.
21. A pedido del Personero de la lista ganadora, que representa al nuevo Consejo Directivo 2025-2027, presidido por el Dr. Filomeno Zubiate Núñez y miembros, se verifica que el domingo 30 de marzo 2025, fecha programada en el cronograma electoral, está en el 15vo. día de la fecha de proclamación, lo cual sería atentatorio al estatuto, que menciona dentro de los 14 días, siguientes a la proclamación.
22. Se emite la resolución 2, donde el Jurado Electoral en pleno, aprueba dicha solicitud y viendo que los días de fines de semana (viernes asamblea general ordinaria y sábado con mucha afluencia de clientes y asociados), deciden en pleno uso de su autonomía estatutaria, en realizar la juramentación para el jueves 27 de marzo 2025, a las 16 horas en el salón principal del Club Ancash, donde se realizó en sesión solemne, según el artículo 129ª del estatuto.
La Presidenta del Jurado Electoral, hizo el juramento de estilo, ante el crucifico, el Estatuto y Reglamento Electoral. Luego el nuevo Presidente del Club Ancash, Dr. Filomeno Zubiate, hizo lo mismo con sus miembros directivos del periodo 2025 – 2027. La Presidenta del Jurado Electoral, impuso las medallas y entrega de credenciales a los nuevos integrantes del Consejo Directivo.
23. Los miembros del Jurado Electoral, suscribieron el acta de JURAMENTACION y se entregó al nuevo Presidente del Club Ancash.
24. Según el cronograma electoral, procedemos en la fecha, hacer entrega, con cargo de recepción, del libro de actas y otros documentos importantes del proceso electoral.
25. Por último, informarle señor Presidente, que todo documento emitido por el Jurado Electoral ha estado publicado en la vitrina, para conocimiento de los asociados, tal como lo estipula y manda el estatuto.
POR ULTIMO señor Presidente, según informe de un importante estudio de abogados, menciona que nuestro Estatuto, es como el Código Civil, que establece las reglas generales, principios y estructuras (que órganos tiene el club, que tiempo dura un cargo directivo, el establecer las reglas electorales en un capitulo, etc.), mientras que el REGLAMENTO ELECTORAL, es como el Código Procesal Civil, no crea derechos nuevos, lo que hace es explicar cómo ejercerlos, como se vota, cuando se impugna, que pasa si hay empate , etc. EN CONSECUENCIA, UNO NO ANULA LO OTRO... se complementan.
El artículo 83 del Código Civil, mencionan que nuestra asociación se rige por el estatuto y en lo no previsto por ellos, por la Ley.
El artículo 89 del Código Civil, dice que el estatuto debe contener las reglas para la elección de sus órganos y para deliberar válidamente. (Nuestro estatuto tiene vacios legales del procedimiento de un proceso electoral).
Si nuestro Estatuto, no contempla empate ni sorteo, el Reglamento Electoral, siempre y cuando haya sido aprobada por una asamblea general de asociados, es válida y actúa como norma supletoria valida.
Por tal razón, la opinión del letrado en derecho civil y registral, opina que las elecciones del 15 de marzo 2025, fue licita, transparente y que el contenido del Reglamento Electoral fue de conocimiento previo de todos los asociados, de los personeros, candidatos y del Consejo Directivo vigente a esa fecha. Además, no hubo impugnaciones y/o observaciones que se hayan transcrito en un acta del proceso electoral del 15 de marzo 2025. Por lo expuesto, no existe base legal para declarar nulo un resultado legítimo y que debe ser acatado por todos los asociados del Club Ancash.
En la ley electoral del País, el JNE, aplica correctamente el tema del sorteo en caso de empate de candidatos municipales. Pueden observarlos en google, buscando esta situación.
Todo lo informado señor Presidente, esta transcrito en las actas, resoluciones y otros documentos que se hace entrega con otro documento.
Atentamente,
FIRMAS DEL JURADO ELECTORAL NOV. 2024- NOV 2026.
ACTA RESULTADOS OFICIALES DE LAS ELECCIONES DEL 15 MARZO 2025




CLUB ANCASH, SINONIMO DE HERMANDAD Y UNIDAD.
CON SABIDURIA E HIDALGIA, SE DEBE SOLUCIONAR TODOS LOS IMPASES. HAY QUE RESPETAR LOS RESULTADOS DE UN PROCESO ELECTORAL, ASI SEA POR EL SISTEMA DEL SORTEO... YA EXISTE UN ANTECEDENTE EN LA LEY ELECTORAL DEL PERU - ADEMAS EN EL REGLAMENTO ELECTORAL DEL 10 NVO 2022, A FIGURA EL TEMA DEL EMPATE Y LA VIA DEL SORTEO PARA EL GANADOR....EN ESTE PROCESO 2025, TENEMOS UN NUEVO REGLAMENTO, QUE REPITE ESTE SISTEMA DEL SORTEO Y QUE NADIE OBJETÓ EN SU OPORTUNIDAD. ESTOS REGLAMENTOS ELECTORALES FUERON APROBADAS POR LA ASAMBLEA GENERAL DE ASOCIADOS.
ACTA DE RESULTADOS OFICIALES DEL PROCESO ELECTORAL DEL 15 DE MARZO 2025 - CLUB ANCASH
ACTA DE RESULTADOS DE ELECCIONES
Siendo las 18.30 pm, del día 15 de marzo del 2025, se reúnen los tres miembros del JURADO ELECTORAL, Presidente LILY PORTELLA,DOMINGUEZ, el Vicepresidente JUSTO PONTE CRUZ y vocal FELICIANO APOLINARIO ESPIRITU, actuando como Secretario de Actas, el Sr. JUSTO PONTE CRUZ, para levantar la presente Acta de Resultados de las elecciones para elegir al Consejo Directivo del periodo 2025 al 2027, en aplicación del artículo 45 del reglamento electoral, conforme a lo siguiente:
PRIMERO. - Siendo las 09 am, horas del día 15 de marzo 2025, se dio inicio al acto de sufragio, habiendo finalizado a las 17 horas del mismo día, conforme lo establece el reglamento electoral, se levantó la respectiva acta de sufragio, determinando que de los 188 asociados hábiles/vitalicios, según el listado padrón de asociados, proporcionados por el Consejo Directivo, se presentaron 128 votantes y quedando 60 cedulas no utilizadas. Acta que contiene la firma de conformidad de los miembros del jurado electoral y conforme corresponde de los señores personeros de ambas listas.
SEGUNDO. - Que siendo, las 17 horas y 10 minutos, se dio inicio al acto de escrutinio público, la cual comprende el conteo de votos, que consistía en verificar la existencia en el ánfora de 128 cedulas de votación, las mismas, que fueron corroboradas en conteo a vista y presencia, de los dos personeros de ambas listas, de los asociados concurrentes, entre los que se encontraban los miembros candidatos de ambas listas, así como los directivos del actual consejo directivo. Llegando a confirmar que efectivamente, existían las 128 cedulas.
De inmediato, se procedió al escrutinio público de las 128 cedulas, a cargo de la Presidenta del Jurado Electoral, en presencia de los dos personeros y que finalmente dieron como resultados: 60 votos para la lista 1, denominada "FRATERNIDAD ANCASHINA y 60 votos, para la lista 2, denominada "MOVIMIENTO INTEGRACION ANCASHINA". Así como de 3 cedulas en blanco y 5 cedulas viciadas en el voto. Dando un total de los 128 cedulas.
TERCERO. - Que, ante este resultado, hubo inquietudes de los asociados concurrentes, sobre la forma de continuar el proceso electoral, por lo que se procedió a dar lectura al artículo 46° del Reglamento Electoral. Es preciso resaltar, que el personero de la lista 02, GARRIDO, hizo uso de la palabra, antes los asociados concurrentes y explicó la justificación de los votos en blanco y viciados, lo cual eran conforme a lo estipulado en el reglamento electoral.
CUARTO. - Se procedió conforme corresponde, según el artículo 46 del reglamento electoral, al sorteo público inmediatamente en el acto, ante la presencia y vista de todos los asociados. Resultado ganador la lista 1 de candidatos, denominado "Fraternidad Ancashina, liderada por el Dr. FILOMENO ZUBIATE NUÑEZ. Seguidamente se procedió a la proclamación de la lista ganadora, denominado: LISTA NUMERO 1 – FRATERNIDAD ANCASHINA, conformado por los siguientes miembros.
1- Presidente: ZUBIETA NUÑEZ FILOMENO
2- Vice-Presidente: VILLANUEVA SOTOMAYOR JULIO R
3 -Director General:
ANTUNEZ RODRIGUEZ MARILUZ ANTONIETA
4 - Sub Director General: PONCE GASTELUMENDI ERNESTO
5 - Director de Economía:
VALVERDE CORDERO PABLO AMERICO
6 -Sub Director de Economía: FARFAN VALDIVIA EDGAR
7 -Fiscal:
GARRO MUÑOZ WILLIAM EDGARDO
8 -Secretario de Actas: MORENO VALVERDE HERNAN
9 -Director de Deportes y Recreación:
SARMIENTO ROMERO FELIX TEODORO
10- Director de Cultura y de Extensión Artística y Folklore:
CERNA MANRIQUE MANUEL CRUZ
11 -Director de Biblioteca: VERGARAY BLAS ALBERTO MARINO
12 -Director de Imagen Institucional y Relaciones Públicas:
GAMARRA GOMEZ PROSPERO
13 -Director de Promoción y Desarrollo: OCHOA POMA LEOPOLDO
14 -Director de Relaciones Interinstitucionales:
GONZALES FERNANDEZ JULIO
15- Director de Turismo: LOSZA MENDEZ RICARDO
16 -Director de Asistencia y Previsión Social:
BARRERA BAZAN TERESA
17 -Director de Actividades Sociales: PADILLA VIRHUEZ LIVIA
18- Director de Servicios Internos: SILVA RAMIREZ BERTHA BLANCA
19-Director de la Juventud: BENITES ALEGRE NORMA VIVIANA
20- Vocal:
ARANA VALVERDE JORGE EDUARDO
QUNTO.- Seguidamente, se levantó la acta de proclamación, que a la vez contenía el resultado del escrutinio oficial de votos, conforme se detalló en el artículo segundo de esta acta y se procede a suscribir el ACTA DE PROCLAMACION, donde además, se detalla la composición del nuevo consejo directivo para la gestión del periodo 2025- 2027.- Esta acta de conteo de votos, fue firmado en forma libre y voluntaria, además de los miembros del jurado electoral, por los dos personeros de ambas listas, no realizando ninguna observación, reclamo, impugnación y/o otra anotación, en el acto electoral del 15 de marzo del 2025.
SEXTO. - Mediante la presente, se formula oficialmente el acta de resultados, que contiene lo siguiente:
TOTAL, DE ELECTORES HABILES: 188
TOTAL, DE VOTANTES NO CONCURRENTES: 60
TOTAL, DE ELECTORES VOTANTES: 128
TOTAL, DE VOTANTES PARA LA LISTA 01: 60
TOTAL, DE VOTANTES PARA LA LISTA 02: 60
TOTAL, DE VOTOS BLANCOS: 03
TOTAL, DE VOTOS VICIADOS/NULOS: 05
RESULTADO DEL SORTEO PUBLICO. - Al haberse producido el empate, se aplicó lo estipulado en el artículo 46 del Reglamento Electoral, resultando ganador la lista número 01- "Fraternidad Ancashina", liderado por el Dr. Filomeno Zubieta Núñez.
Dejamos constancia, que, en el presente acto electoral del 15 de marzo del 2025, no hubo impugnación alguna, sobre el conteo de votos y esta disposición del sorteo.
Siendo las 20 horas, con 10 minutos, del día 15 de marzo de 2025, se levanta la presente acta, suscribiendo unánimemente, los miembros del Jurado Electoral.
RESOLUCION DEL JURADO ELECTORAL
RESOLUCION Nro. 0001/2025/JURADO ELECTORAL/C.A.
Jesús María, 11 de marzo de 2025
VISTOS:
Con fecha 07 de marzo del año en curso, en cumplimiento del Reglamento Electoral y su Cronograma, han presentado tachas contra los candidatos, de ambas listas. El personero de la lista 02, MARIO TEOFILO GARRIDO TELENTA, representa al movimiento "INTEGRACION ANCASHINA", liderado por el candidato a la presidencia, JAVIER WALTER ORTIZ TORRES y de la otra parte el personero de la lista 01, ACASIO TORRES HIDALDO, representa a "FRATERNIDAD ANCASHINA", liderado por el candidato FILOMENO ZUBIATE NUÑEZ. El Jurado acorde con su Reglamento Electoral, los ha acreditado como tales.
Con fecha 11 de marzo 2025, ambos personeros han cumplido con presentar documentos adicionales, a fin de absolver las dudas del jurado electoral.
CONSIDERANDOS:
PRIMERO. El artículo 121ª del Estatuto, establece que el Jurado Electoral, es el órgano autónomo encargado de organizar y conducir el proceso electoral, con arreglo al estatuto y al Reglamento Electoral. Sus decisiones son inapelables y contra ellas, no cabe recurso alguno y constituye cosa juzgada para la institución.
SEGUNDO. El artículo 117ª del estatuto, establece que la postulación a los cargos del Consejo Directivo, se hace en lista completa, respaldada por las firmas, de no menos de quince por ciento de los asociados hábiles, sin incluir la de los candidatos.
TERCERO. Los miembros del Jurado Electoral, el día de hoy 11 de marzo del 2025, han procedido a revisar exhaustivamente todos los documentos presentados por los personeros.
SE RESUELVE
PRIMERO. - DECLARAR APTA Y HÁBIL, para el proceso electoral del sábado 15 de marzo del 2025, a las dos (2) listas completas de: "FRATERNIDAD ANCASHINA,
y MOVIMIENTO INTEGRACION ANCASHINA. Por lo expuesto, las 02 listas de candidatos, que están publicadas en la vitrina, son de CARÁCTER OFICIAL.
SEGUNDO. - Disponer la publicación de esta Resolución, en la vitrina del club Ancash, así también en los otros medios de comunicación de los asociados, para conocimiento.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLASE y ARCHIVESE.
FIRMAS DE LOS TRES MIEMBROS DEL JURADO ELECTORAL.
EL DOC. ORIGINAL CON LAS FIRMAS OBRAN EN NUESTROS ARCHIVOS.
NOTA: Estas resoluciones fueron entregadas a los personeros de ambas listas y no hubo objeciones, ni impugnaciones en este momento de la validación oficial de las listas.
No es suficiente, solo querer un cambio, para seguir mejorando. Debes participar y hacer el cambio, a través del voto"
"TODO DEPENDE DE TU PERSONA"
UN CONSSEJO DIECTIVO, DEBE TRABAJAR EN EQUIPO, QUE BUSQUE EL BIENESTAR GENERAL.
Ejercer el voto, no es algo que hagas solo por ti. Es por nuestro futuro colectivo"
EL PRESENTE Y FUTURO DE LA INSTITUCION, DEBE ESTAR EN BUENAS MANOS DIRIGENCIALES.
ANALIZA SU HOJA DE VIDA.
Tu voto, es importante y antes de hacerlo, hazlo con sabiduría. EL CLUB ANCASH, se merece mejores directivos, en eficiencia y honestidad.

CONSEJO DIRECTIVO DEL CLUB ANCASH - 2025- 2027
LISTA NRO. 01 -" FRATERNIDAD ANCASHINA"
MIEMBROS DEL NUEVO CONSEJO DIRECTIVO, ELEGIDOS POR VOTO POPULAR VIA ANFORA, POR 128 ASOCIADOS DEL CLUB ANCASH - SEGUN EL ESTATUTO, LA ASISTENCIA SUPERO EL 50% MAS UNO. - NO ASISTIERON 60 ASOCIADOS - EN EL CONTEO DE VOTOS, SE DETERMINO UN EMPATE DE LAS DOS LISTAS (01 Y 02) - CADA UNO TENIA 60 VOTOS- DEBIDO A QUE EL ESTATUTO, NO ESTABLECE COMO OPERAR EN ESTOS CASOS, SE RECURRIO AL REGLAMENTO ELECTORAL, APROBADO POR TODOS LOS ASOCIADOS EL 31 DE ENERO DE 2025, REALIZANDOSE EN ACTO PUBLICO, EL SORTEO RESPECTIVO-- SALIENDO GANADOR LA LISTA 01, PRESIDIDA POR EL DR. FILOMENO ZUBIATE NUÑEZ-- POSTERIORMENTE EN ESTE MISMO ACTO, SE PROCEDIO A LA PROCLAMACION, CON LA PRESSENCIA DEL ACTUAL PRESIDENTE DEL CONSEJO DIRECTIVO MAG. H. ARNULFO MORENO BARDALES Y ASOCIADOS ( SEGUN ESTABLECE EL ESTATUTO) Y SE LES ENTREGO UN DOCUMENTO OFICIAL DEL JURADO ELECTORAL, QUE LOS ACREDITA COMO EL NUEVO CONSEJO DIRECTIVO DEL CLUB ANCASH, CON CARGO A SER JURAMENTADOS EL DOMINGO 30 DE MARZO 2025, SEGUN MANDA EL ESTATUTO. GRACIAS A TODOS LOS ASOCIADOS POR SU PARTICIPACION. EL CLUB ANCASH SE DEBE A TODOS NOSOTROS Y ADELANTE SIEMPRE. JURADO ELECTORAL. MISION CUMPLIDA.
1- Presidente: ZUBIETA NUÑEZ FILOMENO
2- Vice-Presidente: VILLANUEVA SOTOMAYOR JULIO R
3 -Director General : ANTUNEZ RODRIGUEZ MARILUZ ANTONIETA
4 - Sub Director General: PONCE GASTELUMENDI ERNESTO
5 - Director de Economía: VALVERDE CORDERO PABLO AMERICO
6 -Sub Director de Economía: FARFAN VALDIVIA EDGAR
7 -Fiscal: GARRO MUÑOZ WILLIAM EDGARDO
8 -Secretario de Actas: MORENO VALVERDE HERNAN
9 -Director de Deportes y Recreación: SARMIENTO ROMERO FELIX TEODORO
10- Director de Cultura y de Extensión Artística y Folklore: CERNA MANRIQUE MANUEL CRUZ
11 -Director de Biblioteca : VERGARAY BLAS ALBERTO MARINO
12 -Director de Imagen Institucional y Relaciones Públicas :GAMARRA GOMEZ PROSPERO
13 -Director de Promoción y Desarrollo : OCHOA POMA LEOPOLDO
14 -Director de Relaciones Interinstitucionales: GONZALES FERNANDEZ JULIO
15- Director de Turismo: LOSZA MENDEZ RICARDO
16 -Director de Asistencia y Previsión Social : BARRERA BAZAN TERESA
17 -Director de Actividades Sociales : PADILLA VIRHUEZ LIVIA
18- Director de Servicios Internos: SILVA RAMIREZ BERTHA
19-Director de la Juventud: BENITES ALEGRE NORMA VIVIANA
20- Vocal : ARANA VALVERDE JORGE EDUARDO
MIEMBROS DEL NUEVO CONSEJO DIRECTIVO, ELEGIDOS POR VOTO POPULAR VIA ANFORA, POR 128 ASOCIADOS DEL CLUB ANCASH - SEGUN EL ESTATUTO, LA ASISTENCIA SUPERO EL 50% MAS UNO. - NO ASISTIERON 60 ASOCIADOS - EN EL CONTEO DE VOTOS, SE DETERMINO UN EMPATE DE LAS DOS LISTAS(01 Y 02) - CADA UNO TENIA 60 VOTOS- DEBIDO A QUE EL ESTATUTO, NO ESTABLECE,. COMO OPERAR EN ESTOS CASOS, SE RECURRIO AL REGLAMENTO ELECTORAL, APROBADO POR TODOS LOS ASOCIADOS EL 31 DE ENERO DE 2025, REALIZANDOSE EN ACTO PUBLICO, EL SORTEO RESPECTIVO-- SALIENDO GANADOR LA LISTA 01, PRESIDIDA POR EL DR. FILOMENO ZUBIATE NUÑEZ-- POSTERIORMENTE EN ESTE MISMO ACTO, SE PROCEDIO A LA PROCLAMACION, EN PRESENCIA DEL ACTUAL PRESIDENTE DEL CONSEJO DIRECTIVO, MAG. H. ARNULFO MORENO BARDALES ( SEGUN ESTABLECE EL ESTATUTO) Y SE LES ENTREGO UN DOCUMENTO OFICIAL DEL JURADO ELECTORAL, QUE LOS ACREDITE COMO EL NUEVO CONSEJO DIRECTIVO DEL CLUB ANCASH, CON CARGO A SER JURAMENTADOS EL DOMINGO 30 DE MARZO 2025, SEGUN MANDA EL ESTATUTO. GRACIAS A TODOS LOS ASOCIADOS POR SU PARTICIPACION. EL CLUB ANCASH SE DEBE A TODOS NOSOTROS Y ADELANTE SIEMPRE. JURADO ELECTORAL.

PERIODO DE TACHAS- DEL 05 AL 07 DE MARZO- DEL 08 AL 09, LEVANTAMIENTO DE TACHAS Y 09 DE MARZO RESOLUCION DE TACHAS. - PROCEDIMIENTOS A TACHAS DE CANDIDATOS - Art. 25° DEL REGLAMENTO ELECTORAL.- Las tachas e impugnaciones, con relación a las listas de candidatos, serán presentadas por los asociados activos hábiles, vitalicios, y los personeros, dirigidas al Jurado Electoral, adjuntando los medios probatorios; y serán resueltas, en sesiones extraordinarias. El Jurado Electoral, resuelve mediante resolución suscrita por sus miembros, las tachas e impugnaciones de acuerdo con el Estatuto y el presente reglamento, previamente podrá solicitar la subsanación, cuando corresponda; salvado este acto, se publicarán definitivamente las listas de candidatos declaradas conformes. --- Art. 26°. DEL REGLAMENTO ELECTORAL--El desarrollo de la campaña, propaganda electoral y la conducta de los asociados, durante el proceso electoral, inclusive durante el periodo de tachas, impugnaciones, acto de sufragio, debe manifestar un alto sentido de camaradería, civismo, lealtad y, sobre todo, un gran nivel democrático y de educación entre los asociados. Están prohibidas la injuria, calumnia y la difamación, así como toda conducta o acción, que afecte el honor y dignidad de los candidatos y/o asociados, constituyendo actos sancionables conforme los artículos 23° y 24° del Estatuto y sin perjuicio de la denuncia penal correspondiente. Si, además, quien incurre en tales conductas, es un miembro de alguna de las listas de candidatos, será excluido de inmediato del proceso electoral, mediante resolución del Jurado Electoral.

INSCRIPCION DE LISTAS CANDIDATAS , AL CONSEJO DIRECTIVO DEL CLUB ANCASH 2025- 2027
LISTA NRO. 01 -" FRATERNIDAD ANCASHINA"
1 Presidente ZUBIETA NUÑEZ FILOMENO
2 Vice-Presidente VILLANUEVA SOTOMAYOR JULIO R
3 Director General ANTUNEZ RODRIGUEZ MARILUZ ANTONIETA
4 Sub Director General PONCE GASTELUMENDI ERNESTO
5 Director de Economía VALVERDE CORDERO PABLO AMERICO
6 Sub Director de Economía FARFAN VALDIVIA EDGAR
7 Fiscal GARRO MUÑOZ WILLIAM EDGARDO
8 Secretario de Actas MORENO VALVERDE HERNAN
9 Director de Deportes y Recreación SARMIENTO ROMERO FELIX TEODORO
10 Director de Cultura y de Extensión Artística y Folklore CERNA MANRIQUE MANUEL CRUZ
11 Director de Biblioteca VERGARAY BLAS ALBERTO MARINO
12 Director de Imagen Institucional y Relaciones Públicas GAMARRA GOMEZ PROSPERO
13 Director de Promoción y Desarrollo OCHOA POMA LEOPOLDO
14 Director de Relaciones Interinstitucionales GONZALES FERNANDEZ JULIO
15 Director de Turismo LOSZA MENDEZ RICARDO
16 Director de Asistencia y Previsión Social BARRERA BAZAN TERESA
17 Director de Actividades Sociales PADILLA VIRHUEZ LIVIA
18 Director de Servicios Internos SILVA RAMIREZ BERTHA
19 Director de la Juventud BENITES ALEGRE NORMA VIVIANA
20 Vocal ARANA VALVERDE JORGE EDUARDO
PERSONERO TORRES HIDALGO ACASIO CLEOFE
LISTA NRO. 02 - MOVIMIENTO "INTEGRACION ANCASHINA"
1 Presidente ORTIZ TORRES JAVIER WALTER
2 Vice-Presidente NORIEGA BARRON HELI MISAEL
3 Director General GUTIERREZ GARCIA VICTOR DAMASO
4 Sub Director General ZARAGOZA CALDAS MARIA ESPERANZA
5 Director de Economía ANGULO BARRON OVIDIO CARLOS
6 Sub Director de Economía BAYONA ROMERO BETTY AMALIA
7 Fiscal GONZALES MELGAREJO VICTORIA FORTUNA
8 Secretario de Actas BAZALAR VIDAL JULIO ALEJANDRO
9 Director de Deportes y Recreación RIOS LOPEZ ZENAIDA SONIA
10 Director de Cultura y de Extensión Artística y Folklore OSORIO ALVA EDDY SOLEDAD
11 Director de Biblioteca BRIOS RAMOS NORKA ZULEMA
12 Director de Imagen Institucional y Relaciones Públicas CARPIO BAZAN CRISTIAN
13 Director de Promoción y Desarrollo FIGUEROA ALEGRE JORGE AMPELIO
14 Director de Relaciones Interinstitucionales AMES PORTELLA ZUNUE
15 Director de Turismo MEGO JIMENEZ SUSANA
16 Director de Asistencia y Previsión Social EGUSQUIZA AMES MAURA BLANCA
17 Director de Actividades Sociales REGALADO TAMARIZ RIGOBERTO MAVILO
18 Director de Servicios Internos ZUBIETA ROMERO ERASMO TIBERIO
19 Director de la Juventud ALVARADO ANAYA SANTIAGO RODRIGO
20 Vocal PASCO VALLADARES MANUEL DIOMEDES
PERSONERO GARRIDO TELENTA MARIO TEOFILO

HOJA DE VIDA DE LOS CANDIDATOS A LA PRESIDENCIA DE LA LISTA NRO. 01, DR. FILOMENO ZUBIATE NUÑEZ Y DE LA LISTA 02 ING.JAVIER ORTIZ TORRES
CARTA ABIERTA DEL DR. FILOMENO ZUBIATE NUÑEZ- CANDIDATO DE LA LISTA 01
Lima, 7 de marzo de 2025
Carta N° 01-2025-FA
Sr. (a), Srta.
Asociado (a) del Club Áncash
Presente. -
ASUNTO: Solicito vuestro VOTO por la LISTA 1 FRATERNIDAD ANCASHINA, en las elecciones del día sábado 15 de marzo de 2025, para el Consejo Directivo del Club Áncash, 2025-2027
Es grato dirigirme a usted, en representación de los integrantes de FRATERNIDAD ANCASHINA (LISTA N° 1), asociados agrupados con vocación de servicio y preparados para conducir a nuestro Club Áncash, con honestidad, transparencia, decisión y voluntad firme de convertirla, entre las mejores de la ciudad de Lima; moderna, acogedora y valorada por sus asociados, familiares y amigos, por la calidad de sus servicios. Velando por el respeto a los valores históricos, culturales y turísticos de Áncash; y actuando como promotor de desarrollo y progreso de la región de Áncash.
Contamos con un plan estratégico de desarrollo institucional concordante con los Principios y Objetivos establecidos en el Estatuto, para revertir los problemas coyunturales de los últimos años; que se expresan, por ejemplo, en el descontento y retiro de gran número de asociados (58%),
Por estas y otras razones, solicitamos tu apoyo y VOTO por la LISTA 1 de FRATERNIDAD ANCASHINA, en las elecciones del día sábado 15 de marzo de 2025, para que recibir su mandato para el cargo del Consejo Directivo y conducir democráticamente con tu compañía a nuestro Club Áncash en el período 2025-2027.
Fraternalmente,
Dr. Filomeno Zubieta Núñez
Candidato a Presidente 2025-2027
LISTA N° 1


Dr. FILOMENO ZUBIATE NUÑEZ
FILOMENO ZUBIETA NUÑEZ.
Nació en Cuspón (Chiquián, Bolognesi, Ancash),Licenciado en Educación en la especialidad de historia y geografía por la Universidad Nacional Enrique Guzmán y Valle, La Cantuta;
Magíster con mención en historia en esta misma Universidad.
Doctor en Ciencias Sociales (Historia) por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Docente universitario desde 1975 y desde 1982 en la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión de Huacho, donde ha ocupado los cargos de Decano de la Facultad de Educación y Director de la Escuela de Postgrado, entre otros.
Fundador y primer director del hoy Archivo Regional de Lima.
Miembro Correspondiente de la Academia Nacional de Historia. Integrante de la Federación de Periodistas del Perú; Asociación Cultural Ínsula – Huacho; Patronato de Defensa del Patrimonio Cultural del Valle de Ámbar y Huaura; Centro Cultural Luis Pardo; Miembro de la Asociación Cultural Latinoamericana Pacarina del Sur, ACLAPADES, miembro del Colegio de Profesores del Perú.
Actual Presidente de la Asociación de Escritores Ancashinos (AEA) y de la Asociación de Escritores Bolognesinos.
Como investigador, ha centrado su atención en la historia regional del llamado Norte Chico como de los pueblos de la provincia de Bolognesi, Ancash, del que procede, es autor de más de 50 libros y más de cien artículos en revistas especializadas.
Entre sus premios y estímulos destacan:
Decreto de Alcaldía Nº 021-2005 y Diploma que declara Ciudadano Ilustre de Huacho, Municipalidad Provincial de Huaura-Huacho, noviembre de 2005.
"Patrimonio Cultural Vivo de Ancash" y medalla "El Dios Guari de Chavín" otorgado por el Ministerio de Cultura, 2012.
Distinguido como Hijo Ilustre de la Provincia de Bolognesiy la entrega del Luis Pardo de Oropor la Municipalidad Provincial de Bolognesi, Chiquián, Ancash, 2012.
Fue Director de Cultura del Club Áncash, en el período 2017-2018.
PLAN DE GOBIERNO INSTITUCIONAL - LISTA 01 "FRATERNIDAD ANCASHINA" - 2025- 2027 - CLUB ANCASH
PLAN DE TRABAJO DEL CLUB ÁNCASH PERÍODO 2025-2027
POR UN CLUB ÁNCASH CON IDENTIDAD REGIONAL
Introducción
Este Plan de Trabajo tiene como finalidad presentar las principales propuestas que pretende implementar FRATERNIDAD ANCASHINA en caso de asumir la conducción del Club Áncash a través de su Consejo Directivo durante el período 2025-2027. Basándonos en los objetivos generales de la institución se formulan las líneas y propuestas principales para cuando se asuma la conducción de la institución.
Objetivos Generales
- Afirmar la plena defensa del patrimonio del Club Áncash
- Fortalecer la identidad cultural, mediante la promoción, protección y defensa del nuestro legado cultural.
- Promover la fraternidad y lazos de amistad entre los asociados y la plena vinculación con las autoridades, instituciones y pobladores del departamento.
- Propiciar la plena participación de los asociados en el desarrollo institucional.
NUESTRAS PROPUESTAS
- Afirmar con toda firmeza la defensa del patrimonio institucional en toda su integridad (infraestructura, asociados, personal, enseres, documentos) como homenaje a los fundadores y a las pasadas generaciones del club.
- Mejorar el sistema de comunicación dentro del Club y con los asociados. Mantener actualizado el Padrón de Asociados vitalicios y activos. Modernizar la ligazón de los asociados a través de las redes sociales.
- Modernización de los servicios del comedor en todos sus aspectos, diversificar los potajes típicos de nuestra región (costa - sierra). Establecer un menú ejecutivo a bajo costo, con el descuento tradicional para los asociados. Organizar festivales gastronómicos
- Brindar atención médica preventiva gratuita para los asociados hábiles y vitalicios con la implementación de un Centro de Emergencia de Salud.
- Contribuir a la promoción del patrimonio natural (paisajes y atractivos de costa y sierra) y cultural (arqueológico, histórico, danzas, composiciones, música, gastronomía y otros) afirmando la identidad ancashina.
- Disponer el uso del local institucional para cada provincia en su fecha de aniversario para la presentación de sus expresiones artísticas y para el reencuentro con los residentes en Lima.
- Brindar las facilidades a los escritores, compositores, folkloristas, artistas plásticos y demás creadores y promotores del acervo cultural ancashino para que presenten y expongan sus obras.
- Disponer de ambientes para la distracción de los jóvenes, hijos o parientes de ancashinos o no ancashinos, así como su acceso a la historia, geografía, costumbres y tradiciones del departamento, motivándolos al uso de la Biblioteca institucional como de sus ambientes para usos recreativos.
- Organizar 4 fórums al año de alcance regional:
- a)- Balance del aporte realizado por la minería en la región Áncash, de dos décadas de operación.
-
b)- La corrupción en la región Áncash y sus consecuencias.
c)- Trascendencia histórica de Atusparia y Uchcu Pedro, Toribio de Luzuriaga, Cayetano Requena, Manuel Jesús Gonzáles Grilleros, Gabino Uribe, Luis Pardo, Santiago Antúnez de Mayolo, Fidel Olivas Escudero, Hugo de Censi, y otros personajes.
d) El turismo una gran promesa para la región Áncash
- Institucionalizar el evento denominado: "Expo-Áncash", con participación de las provincias, entidades públicas, privadas, sector educativo, medios de comunicación regional y nacional, cuya sede será el local del club. Atractivos de la expo: música, danzas, gastronomía, turismo, productos regionales, mesa de inversiones, stand del Gobierno Regional de Áncash, stand de PROM Perú. Conferencias a cargo de líderes gastronómicos, turísticos, influencers peruanos y extranjeros.
- Institucionalizar la Feria Regional del Libro Ancashino, con exposición y presentación de libros de autores ancashinos.
- Dar continuidad y realce a las actividades tradicionales del Club Áncash establecidos en el Estatuto e incorporar otras de revaloración cultural.
- Establecer concursos juveniles por cada provincia sobre danzas, canto, cuento, novela, poesía, teatro, declamación, música y pintura. en coordinación con autoridades provinciales
- Dar continuidad a la publicación de la revista "Forjando Áncash" con la participación de autores nacionales o extranjeros de estirpe ancashina.
- Organizar las "Caravanas de Retorno" en coordinación con las empresas de turismo para los reencuentros con los pueblos de Áncash de acuerdo al calendario festivo o turístico.
Plan de Acción por Direcciones
Presidente
- Representar al Club Áncash en todos los actos oficiales.
- Supervisar el cumplimiento de las metas establecidas en este plan.
- Convocar y presidir las reuniones del Consejo Directivo.
Director General
- Coordinar la ejecución de las actividades planificadas por cada dirección.
- Presentar informes periódicos sobre el estado de los proyectos institucionales.
Director de Economía
- Administrar los recursos financieros del Club.
- Diseñar e implementar estrategias de recaudación de fondos.
- Presentar informes financieros trimestrales y anuales.
Fiscal
- Velar por el cumplimiento de los estatutos y reglamentos del Club.
- Realizar auditorías internas para garantizar la transparencia.
Secretario de Actas
- Registrar y custodiar las actas de las reuniones del Consejo Directivo.
- Garantizar la distribución de información relevante entre los miembros.
Director de Deportes y Recreación
- Organizar campeonatos y eventos deportivos para los socios.
- Fomentar la participación de la comunidad en actividades recreativas.
Director de Cultura y Extensión Artística y Folklore
- Promover actividades culturales y artísticas que resalten la identidad áncashina.
- Realizar talleres y presentaciones de folklore.
Director de Biblioteca
- Modernizar y ampliar los recursos bibliográficos disponibles.
- Fomentar el hábito de la lectura entre los socios y sus familias.
Director de Imagen Institucional
- Diseñar estrategias para fortalecer la imagen pública del Club.
- Administrar las redes sociales y otros canales de comunicación.
Director de Promoción y Desarrollo
- Crear proyectos de desarrollo comunitario que beneficien a Áncash y otras regiones.
- Establecer alianzas con instituciones locales y nacionales.
Director de Relaciones Interinstitucionales
- Fortalecer vínculos con otras organizaciones culturales y sociales.
- Gestionar convenios y acuerdos de cooperación.
Director de Turismo
- Diseñar programas de turismo cultural y ecológico en la región Áncash.
- Promover el patrimonio histórico y natural de la región.
Director de Asistencia Social
- Implementar programas de apoyo para socios en situación de vulnerabilidad.
- Organizar campañas de salud y bienestar comunitario.
Director de Actividades Sociales
- Planificar eventos sociales para fomentar la integración entre los socios.
- Celebrar fechas importantes para la institución y la comunidad.
Director de Servicios Internos
- Garantizar el mantenimiento y mejoramiento de las instalaciones del Club.
- Administrar los servicios internos para optimizar su uso.
Director de Juventud
- Crear espacios para la participación activa de los jóvenes en el Club.
- Fomentar el liderazgo y la formación de nuevas generaciones comprometidas.
Cronograma General
- 2025: Diagnóstico y planificación de actividades prioritarias.
- 2026: Ejecución y evaluación intermedia de los proyectos.
- 2027: Culminación de proyectos y elaboración del informe final del período.
Recursos Necesarios
- Financiamiento adecuado para cada dirección.
- Colaboración activa de los socios y alianzas con instituciones.
- Infraestructura y herramientas tecnológicas modernas.
Evaluación y Seguimiento
- Realizar reuniones trimestrales para evaluar avances.
- Elaborar informes anuales que detallen los logros y retos enfrentados.
Conclusión
Este Plan de Trabajo, establece una guía clara para que el Consejo Directivo del Club Áncash y cumpla con sus objetivos , durante el período 2025-2027, promoviendo el bienestar de sus socios y el desarrollo de la comunidad.
Muchas gracias
CANDIDATOS AL CONSEJO DIRECTIVO 2025- 2027
UN COMPROMISO DE HONOR , SERVICIO Y EFICIENCIA.


ING° JAVIER WALTER ORTIZ TORRES
CANDIDATO A LA PRESIDENCIA DEL CLUB ANCASH 2025-2027 - MOVIMIENTO "INTEGRACION ANCASHINA."
DNI: 06200663 Fecha de Nacimiento: 13/05/1962 Edad: 63 años
Lugar de nacimiento: Distrito Chimbote, Provincia: Santa, Departamento: Ancash Dirección: Jr. Huamanga 165, Magdalena del Mar, Lima.
Profesión: INGENIERO CIVIL
- Graduado de la Universidad Nacional de Ingeniería (UNI). - Colegiado y habilitado en el Colegio de Ingenieros del Perú – Consejo Departamental del Colegio de Ingeniero de Lima.
Especialidades:
- Consultor en agua subterráneas
Inscrito en la Autoridad Nacional del Agua (ANA)
- Perito en ingeniería civil
Inscrito en el Centro de Peritaje del Colegio de Ingenieros del Perú Consejo Departamental del Colegio de Ingeniero de Lima.
- Perito de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS)
- Consultor en ingeniería
- Consultor en geotecnia
- Auditor de obras públicas y privadas.
- Auditor principal de ingeniería en sociedades de auditorías (SOA)
Actividades Laborales:
- Gerente técnico de la empresa ICEPI INGENIEROS SRL (2001-2025) Asesor técnico en recursos hídricos de las empresas:
- Owens Illinois Perú S.A
- Molycop-Adesur S.A
- Guillermo Li S.A (Glisac)
PLAN DE TRABAJO - GESTION 2025- 2027
MOVIMIENTO INTEGRACION ANCASHINA - CANDIDATO JAVIER WALTER ORTIZ TORRES
PRESENTACION DE NUESTRA LISTA MOVIMIENTO "INTEGRACION ANCASHINA"
Lima, 06 de marzo del 2025
Señores asociados (a) del Club Ancash
SEÑORES ASOCIADOS VITALICIOS, HONORARIOS Y ACTIVOS DE NUESTRO QUERIDO CLUB ANCASH, LA OCASIÓN ES PROPICIA PARA PRESENTARME ANTE USTEDES Y EXPRESARLES EN PRIMER LUGAR UN SALUDO ESTILO ANCASHINO, CORDIAL Y AFECTUOSO.
SOY EL INGENIERO CIVIL, JAVIER WALTER ORTIZ TORRES, NATURAL DE LA PROVINCIA DEL SANTA REPRESENTANDO A LA LISTA N°2, DENOMINADA MOVIMIENTO INTEGRACION ANCASHINA, CONFORMADA POR ASOCIADOS DE RECONOCIDA TRAYECTORIA INSTITUCIONAL Y SOCIAL EN BENEFICIO DE NUESTRO QUERIDO CLUB ANCASH, AL QUE RESPETAMOS, QUEREMOS Y DEFENDEMOS POR SER LA INSTITUCION MATRIZ DEL DEPARTAMENTO DE ANCASH, QUE NOS REPRESENTA EN LA CIUDAD DE LIMA.
EL PLAN DE TRABAJO QUE PRESENTAMOS ANTE USTEDES HA SIDO DISEÑADO Y PLANIFICADO BUSCANDO ASEGURAR EL FUTURO DE NUESTRO CLUB, PONIENDO ESPECIAL ENFASIS EN PROMOVER LA INCORPORACION DE NUEVOS ASOCIADOS, EL RESPETO, LA FRATERNIDAD Y SOLIDARIDAD QUE DEBE EXISTIR SIN NIGUN TIPO DE DISCRIMINACION, NO PERMITIREMOS EL USUFRUCTO DEL CLUB, ADEMAS DE MANTENERLOS DEBIDAMENTE INFORMADOS SOBRE LOS ESTADOS ECONOMICOS Y FINANCIEROS Y SOBRE LAS ACTIVIDADES QUE SE REALIZARAN, SIENDO NECESARIO PARA ELLO TENER ACTUALIZADO EL PADRON DE ASOCIADOS.
PLAN DE TRABAJO
MOVIMIENTO INTEGRACION ANCASHINA PERIODO 2025-2027
El presente Plan de trabajo, se basa fundamentalmente en el estatuto del Club Ancash y está orientado a fomentar la participación activa y valiosa de todos los asociados ordinarios, honorarios y vitalicios sin ningún tipo de discriminación.
OBJETIVO
El objetivo principal de este plan de trabajo es el desarrollo integral de nuestro Club Ancash, casa de todos los ancashinos residentes en lima.
Para lograr nuestro objetivo requerimos definitivamente la participación de todos nuestros asociados solamente así, en forma conjunta sumaremos esfuerzos y voluntades para lograr consolidar el tan anhelado progreso de nuestra institución.
FINALIDAD
1.0 Actualización del padrón general de asociados activos y vitalicios con la información de cada uno.
2.0 Cumpliremos con emitir información pública, periódica y transparente de los estados financieros del Club Ancash.
3.0 Reactivación de las vocalías de turno que contribuirán a un adecuado control de las actividades diarias y eventos contratados por el club, a fin de implementar las correcciones necesarias en la atención de los servicios que se brindan a los asociados y usuarios.
4.0 Promoveremos el mutuo respeto, la fraternidad, y la solidaridad entre todos los asociados del Club Ancash, sin ningún tipo de distinción, social, económica y cultural.
5.0 Coordinaremos con las autoridades regionales y provinciales del departamento de Ancash para colaborar en las gestiones tendientes a su desarrollo integral.
6.0 Implementaremos una mejor atención en los servicios que ofrece nuestro club a los asociados y al público asistente.
7.0 Se programarán actividades tendientes a preservar y difundir las expresiones de nuestro valioso patrimonio cultural ancashino.
8.0 Se realizarán ferias de gastronomía para difusión de los plazos típicos de cada una de las provincias.
9.0 Fomentaremos la activa participación de las Instituciones Representativas de cada una de las provincias del Departamento de Ancash en las actividades programadas por nuestra institución.
10.0 Se implementará el día del asociado honorario del Club Áncash.
11.0 Restableceremos el día del asociado vitalicio cada 26 de noviembre.
12.0 Fomentaremos la intensiva incorporación de nuevos asociados, dirigiéndonos especialmente a los hijos de los ancashinos residentes en lima.
13.0 Estableceremos la conformación de una comisión de infraestructura del Club Ancash integrado por profesionales ancashinos para planificar la construcción de obras de infraestructura necesarias en la sede principal.
14.0 Colaboraremos con la participación de los respectivos Directivos de las provincias ancashinas, en gestiones orientadas al logro del desarrollo integral del departamento.
CANDIDATO A LA PRESIDENCIA DEL CLUB ANCASH -MOVIMIENTO INTEGRACION ANCASHINA
ING.JAVIER WALTER ORTIZ TORRES

CARTILLA DE COMO VOTAR ESTE SABADO 15 DE MARZO 2025
- ¿POR QUÉ ES IMPORTANTE TU PARTICIPACIÓN?
- ES IMPORTANTE, PORQUE MEDIANTE TU VOTO RESPONSABLE, SE ELEGIRÁ AL NUEVO CONSEJO DIRECTIVO, QUE TENDRÁ VIGENCIA DEL 2025- 2027. CON TU ASISTENCIA, AL DÍA DEL SUFRAGIO, ESTARÁS VOTANDO POR LA MEJOR CANDIDATURA, QUE TE OFREZCA CONFIANZA Y GARANTÍA DE UNA BUENA GESTIÓN, PARA QUE SIGA MEJORANDO EL MANEJO DIRIGENCIAL, A FAVOR DEL CLUB ANCASH Y SOBRE TODO SEA EFICIENTE, TRANSPARENTE, COMUNICATIVO, Y TENGA AFINIDAD, CON TODOS LOS ASOCIADOS. EL PRESENTE Y EL FUTURO ESTÁ EN TU DECISIÓN.
- LUGAR DE VOTACION: ESTARÁ EN UN LUGAR VISIBLE DEL CLUB ANCASH, DONDE LOS MIEMBROS DEL JURADO ELECTORAL, HABRÁN HABILITADO 01 MESA DE SUFRAGIO. ACORDE CON EL REGLAMENTO ELECTORAL, TIENEN TAMBIÉN LA POTESTAD DE APERTURA, DE MÁS DE 01 MESA E INVITAR A LOS ASOCIADOS PRESENTES PARA QUE SEAN MIEMBROS DE MESA.
- SE PUBLICARÁ POR LA WEB Y EN UN LUGAR VISIBLE DEL AMBIENTE ELECTORAL, EL PADRON DE HABILES EN ORDEN ALFABETICO- DE IGUAL MANERA LAS LISTAS DE CANDIDATOS—EN LA VITRINA DEL CLUB, YA FIGURA EL PADRON ELECTORAL Y LAS LISTAS. https://jurado-electoral-del-club-ancash.webnode.pe/
- TRATO PREFERENTE, MANTÉN SIEMPRE EL ORDEN, EL RESPETO Y LA CORTESÍA POR DARLE PREFERENCIA EN LA COLA, AL ASOCIADO CON ALGUNA DISCAPACIDAD O DE LA TERCERA EDAD.
- EL UNICO DOCUMENTO QUE TE IDENTIFICA ES EL DNI (AZUL O ELECTRONICO) , Y DEBES PRESENTARLO A LA MESA DE SUFRAGIO. –
- VERIFICA QUE LA CEDULA DE VOTACION, ESTE FIRMADA POR LA PRESIDENTA Y LA SECRETARIA, NO TENGA INSCRIPCION DENTRO DEL RECUADRO DE SUFRAGIO.
- INGRESA A LA CÁMARA SECRETA, CON LA CÉDULA Y VOTA.
EN LA PARED DE LA CAMARA, SE PUBLICARÁ LAS FOTOS DE LOS DOS CANDIDATOS, CON EL NUMERO ASIGNADO. UNA VEZ QUE TENGAS DEFINIDO EL NUMERO DE TU PREFERENCIA, ESCRIBELO CON LAPICERO AZUL, SOLO EN UNO DE LOS RECUADROS- SI LO HACES EN LOS DOS, ES NULO TU VOTO. TIENES MAXIMO DOS MINUTOS DE TIEMPO PARA VOTAR. - EN EL CASO DE UN INVIDENTE O DESPACITADO PARA CAMINAR O ESCRIBIR, PUEDE IR ACOMPAÑADO POR UN ACOMPAÑANTE.
- SERA CONSIDERADA VOTOS VICIADOS O NULOS, CUANDO LA CEDULA DE VOTACION:
- Sea distinta a la entregada y/o no tenga la firma de la Presidenta.
- Contenga inscripciones ajenas a la numeración del 1 o el 2.
- Haya sido firmada por el lector.
- Tenga el número de preferencia fuera del recuadro
- LUEGO, DOBLALA Y DEPOSÍTALA EN EL ÁNFORA.
- EL PRESIDENTE DE MESA, TE INVITARÁ A FIRMAR Y PONER TU HUELLA DIGITAL, EN EL PADRÓN DE ELECTORES, CON LAPICERO AZUL.
- RECLAMA TU DNI.
VOTO VALIDO - SI MARCAS EL NUMERO DENTRO DEL RECUADRO, SI LO HACES FUERA, ES INVALIDO
LOS ESPERAMOS EL SABADO 15 DE MARZO 2025, DE 09 AM A 5 PM-
JESUS MARIA , 05 DE MARZO DE 2025
JURADO ELECTORAL.

PADRON DE ELECTORES OFICIAL - AL 28 FEBRERO 2025- CLUB ANCASH







REGLAMENTO ELECTORAL DEL CLUB ANCASH
PRESENTACIÓN
En cumplimiento de lo establecido en el Estatuto y a fin de salvaguardar la transparencia de su procedimiento electoral, se ha redactado el presente Reglamento, a cargo de los miembros integrantes del JURADO ELECTORAL, del CLUB ANCASH, elegidos en Asamblea General Ordinaria, del 27 de noviembre de 2024.
De la revisión de Reglamento de Elecciones, aprobado en Asamblea General, del 10 de noviembre de 2022, se han detectado artículos que repiten lo establecido en el Estatuto, y otros, que lo hace inviable, para el presente proceso electoral, donde se elegirá al nuevo Consejo Directivo, para el periodo 2025-2027.
Es ese sentido, el Jurado Electoral, pone a disposición del actual Consejo Directivo y de los asociados, el nuevo Reglamento Electoral, aprobado en Asamblea General Extraordinaria, del 31 de enero del 2025. Es nuestro deber, garantizar un proceso electoral transparente y ordenado, que refleje la voluntad de los electores y promueva el espíritu de fraternidad, unidad, solidaridad y respeto, contribuyendo a fortalecer la institucionalidad del Club Ancash.
Por lo expuesto, este Reglamento Electoral, constituye el documento normativo rector del presente y futuros procesos electorales.
Finalmente, agradecemos a todos ustedes, apreciados(as) asociados(as), al Presidente del Club Ancash, Mg. Arnulfo Moreno Bardales y a su Consejo Directivo, por el apoyo institucional brindado.
Atentamente,
MIEMBROS DEL JURADO ELECTORAL
Presidenta: Lily C. Portella Domínguez
Vicepresidente: Justo Ponte Cruz.
Secretaria: Lourdes Bonilla Cáceres
Vocal: Feliciano Apolinario Espíritu
ÍNDICE
PRESENTACIÓN
CAPITULO I- ASPECTOS GENERALES
CAPITULO II – DEL JURADO ELECTORAL
CAPITULO III – DEL PADRÓN ELECTORAL
CAPITULO IV – DE LOS CANDIDATOS
CAPITULO V - DE LA INSCRIPCIÓN DE LOS CANDIDATOS
CAPITULO VI – DE LA CAMPAÑA ELECTORAL
CAPITULO VII – DEL ACTO DE SUFRAGIO
CAPITULO VIII – DEL ESCRUTINIO
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
DISPOSICIONES FINALES
REGLAMENTO ELECTORAL DEL CLUB ANCASH
CAPÍTULO I - ASPECTOS GENERALES
Art. 1°. El Reglamento Electoral del Club Ancash, en aplicación del artículo 121° del Estatuto, tiene por finalidad, establecer las normas y procedimientos del Jurado Electoral, para organizar, dirigir, coordinar y controlar el proceso electoral del Consejo Directivo.
Art. 2°. El proceso electoral, se regirá de acuerdo con las normas establecidas en el Título IX del Estatuto del Club Ancash.
Art. 3°. Los asociados, tienen la obligación de colaborar y apoyar en las funciones del Jurado Electoral, quedando prohibida, toda acción, que tienda a impedir, dificultar u obstruir el proceso electoral y las funciones del Jurado Electoral.
CAPÍTULO II - DEL JURADO ELECTORAL
Art. 4°. Son funciones del Jurado Electoral:
a) Organizar y conducir el proceso electoral, en el horario que señale.
b) Elaborar, aprobar y modificar el cronograma de las principales actividades del proceso eleccionario (presentación de listas de candidatos, tachas e impugnaciones, debate y/o exposición de planes, cierre de la campaña electoral, acto electoral, entre otros) y difundirlo junto con el Reglamento Electoral, para conocimiento de los asociados.
c) Efectuar las gestiones administrativas convenientes ante el Consejo Directivo, para obtener las facilidades y los recursos logísticos, que demande la realización del proceso electoral, dando cuenta documentada de los gastos realizados.
d) Absolver las consultas sobre la aplicación del presente reglamento.
e) Recibir e inscribir las listas de candidatos.
f) Otorgar credenciales a los personeros.
g) Verificar el cumplimiento de los requisitos de los candidatos, a los cargos elegibles y de la lista de candidatos, asi como sus adherentes, conforme el Estatuto y el presente reglamento.
h) Descalificar a los candidatos, que no reúnan los requisitos o incumplan las disposiciones del Estatuto y/o del presente reglamento.
i) Recibir y resolver las tachas o impugnaciones de los candidatos y pronunciarse sobre las mismas.
j) Publicar las listas de candidatos aptos, en las instalaciones del Club y en lugares de mayor afluencia de asociados.
k) Diseñar las cédulas de sufragio, disponiendo su impresión y distribución a los asociados, en el acto electoral.
l) Determinar e instalar la cantidad necesaria de mesas de sufragio, para asociados hábiles y vitalicios sufragantes en la sede institucional del Club.
m) Asumir la labor de miembro de mesa de sufragio y/o designar los miembros de mesa que se requiera el día de las elecciones.
n) Publicar el resultado de las elecciones y proclamar la lista ganadora.
o) Otorgar credenciales, a los miembros del Consejo Directivo electo.
p) Juramentar al Consejo Directivo electo.
q) Formular informe final del proceso electoral.
r) Resolver cualquier otro asunto relacionado con el proceso electoral, que pudiera presentarse.
Art. 5°. El Jurado Electoral, está constituido por:
a) Presidente.
b) Vicepresidente.
c) Secretario.
d) Dos Vocales.
Art. 6°. Son funciones y atribuciones del Presidente:
a) Representar al Jurado Electoral, en los actos oficiales del club y demás actividades relacionadas con su función.
b) Refrendar con su firma las resoluciones, directivas, comunicados y otros documentos, que emita el Jurado Electoral.
c) Adoptar las medidas necesarias, para el cumplimiento de las resoluciones y acuerdos del Jurado Electoral.
d) Elevar al Consejo Directivo vigente, el informe final del proceso electoral.
Art. 7°. Son funciones y atribuciones del Vicepresidente:
a) Asumir las funciones del Presidente, en caso de ausencia, impedimento o renuncia.
b) Desempeñar funciones, que le encomiende el Jurado Electoral.
Art. 8°. Son obligaciones del Secretario:
a) Llevar el Libro de Actas y acervo documentario del Jurado Electoral.
b) Redactar y refrendar, así como tramitar los despachos relacionados con el proceso electoral.
c) Citar por encargo del Presidente, a los miembros del Jurado Electoral.
Art. 9°. Son atribuciones de los Vocales:
a) Desempeñar las funciones de los otros miembros del Jurado, en caso de ausencia, impedimento o renuncia.
b) Desempeñar las funciones, que le encomiende el Jurado.
Art. 10°. Los miembros del Jurado Electoral, no podrán postular como candidatos al Consejo Directivo, ni firmar como adherentes a las listas de candidatos que postulen al Consejo Directivo.
Art. 11°. El Jurado Electoral, se reunirá en sesión, cuantas veces sea necesaria y previa citación del Secretario. El quórum de las sesiones, será de tres (3) miembros como mínimo.
Art. 12°. Los acuerdos del Jurado Electoral, se tomarán por mayoría de votos de los asistentes.
Art. 13°. En caso de renuncia de algún miembro del Jurado Electoral, su reemplazo deberá ser designado en Asamblea General Extraordinaria, siempre que no permita reunir el quórum mínimo previsto, en el artículo 11° del presente reglamento.
CAPÍTULO III - DEL PADRÓN ELECTORAL
Art. 14°. El padrón electoral, está conformado por los asociados activos hábiles y vitalicios, considerados como tales, conforme el Estatuto. Este padrón, será entregado al Jurado Electoral, de acuerdo al art. 123° y 124° del Estatuto y deberá contener:
a) Numeración de Orden.
b) Apellidos y nombres.
c) Documento Nacional de Identidad (DNI).
d) Condición de asociado: activo hábil o vitalicio
e) Espacio para la firma y huella dactilar del asociado.
f) Espacio para observaciones.
Art. 15°. Se considera asociado activo hábil, para elegir y ser elegido, a los que se encuentran al día en sus cotizaciones mensuales, hasta quince (15) días antes de la fecha fijada para las elecciones y siempre que hayan juramentado tres (3) meses antes al día de las elecciones, conforme los artículos 123° y 124° del Estatuto.
CAPÍTULO IV - DE LOS CANDIDATOS
Art. 16°. Para ser candidato a los cargos elegibles se requiere cumplir los requisitos establecidos en el Estatuto y no podrán postular en más de una lista, ni tampoco ocupar más de un cargo dentro de la misma.
Art. 17°. El candidato que, con motivo de su inscripción para postular al Consejo Directivo, inserte o haga insertar documentos falsos, falte a la verdad en la declaración jurada que presente, o haga uso indebido de un documento oficial, será excluido de inmediato del proceso electoral; constituyendo dicha conducta grave infracción y ser sancionada, con la expulsión, conforme el artículo 24° del Estatuto y sin perjuicio de la denuncia penal que corresponda.
CAPÍTULO V- DE LA INSCRIPCIÓN DE CANDIDATOS
Art. 18°. Son requisitos para inscribir una lista de candidatos:
a) Acreditar a un personero por lista, debiendo éste, tener la condición de asociado activo hábil o vitalicio, indicando correo electrónico y número telefónico, a través de los cuales, se le harán llegar las comunicaciones del Jurado Electoral.
b) Consignar la relación de cargos y nóminas de postulantes indicando:
1) Cargo al que postula
2) Apellidos y nombres completos.
3) Número de DNI.
4) Fecha de ingreso.
5)Provincia a la que representa.
6) Lugar de nacimiento
7) Firma del postulante, la misma que deberá ser igual a la de su DNI.
c) Adjuntar:
1) Copia simple del DNI de los postulantes y del personero.
2) Hoja de Vida del candidato.
3) Declaración jurada, que consigne la firma y huella dactilar del postulante, indicando cumplir con lo establecido en los incisos d) y e) del artículo 115° del Estatuto, siendo responsable de la veracidad de la información.
4) Plan de trabajo.
5) Relación de asociados adherentes, que respaldan la postulación de los candidatos al Consejo Directivo, conforme el artículo 117° del Estatuto, indicando: N° de orden, apellidos y nombres, número de DNI y firma. La adhesión de un asociado en más de una lista invalida el apoyo del firmante en todas ellas.
Art. 19°. La documentación para la inscripción de candidatos, será presentada mediante carta dirigida al Jurado Electoral, en el plazo establecido en el cronograma y en la sede institucional del Club Ancash, ubicada en la Av. Horacio Urteaga N° 660 – Jesús María, donde funcionará el Jurado Electoral.
Art. 20°. Como constancia de inscripción de la lista de candidatos, el Jurado Electoral, anotará día y hora de recepción de cada lista, señalando los documentos que recibe y entregando una constancia de recepción al personero acreditado.
Art. 21°. Por ningún motivo, el Jurado Electoral, aceptará la inscripción de listas de candidatos, que no cumplan con los requisitos señalados en el Estatuto y el presente reglamento. No se tendrá en cuenta, las firmas presentadas en formatos de padrones, ajenos a los proporcionados por el Jurado Electoral,
Art. 22°. El Jurado Electoral, tendrá un plazo de tres (3) días para la depuración de firmas de los asociados adherentes a las listas y para verificar la conformidad de los candidatos con las condiciones establecidas en el Estatuto y el presente reglamento.
Art. 23°.L a falta u omisión de cualquier requisito, en la lista de candidatos y que sea observado por el Jurado Electoral, deberá ser subsanada en el plazo de 72 horas, caso contrario, la inscripción será declarará inadmisible y ésta será rechazada, siendo esta decisión inapelable.
Art. 24°. Las listas de candidatos, que hayan cumplidos con los requisitos para su inscripción, serán declaradas aptas, conformes por el Jurado Electoral, procediendo a sortear en presencia de los personeros, los números que se asignarán a cada lista de candidatos. Las listas se publicarán en la sede institucional del Club Ancash y a través de otros medios de difusión.
Art. 25°. Las tachas e impugnaciones, con relación a las listas de candidatos, serán presentadas por los asociados activos hábiles, vitalicios, y los personeros, dirigidas al Jurado Electoral, adjuntando los medios probatorios; y serán resueltas, en sesiones extraordinarias.
El Jurado Electoral, resuelve mediante resolución suscrita por sus miembros las tachas e impugnaciones de acuerdo con el Estatuto y el presente reglamento, previamente podrá solicitar la subsanación, cuando corresponda; salvado este acto, se publicarán definitivamente las listas de candidatos declaradas conformes.
CAPÍTULO VI - DE LA CAMPAÑA ELECTORAL
Art. 26°. El desarrollo de la campaña, propaganda electoral y la conducta de los asociados durante el proceso electoral, inclusive durante el periodo de tachas, impugnaciones, acto de sufragio, debe manifestar un alto sentido de camaradería, civismo, lealtad y, sobre todo, un gran nivel democrático y de educación entre los asociados. Están prohibidas la injuria, calumnia y la difamación, así como toda conducta o acción, que afecte el honor y dignidad de los candidatos y/o asociados, constituyendo actos sancionables conforme los artículos 23° y 24° del Estatuto y sin perjuicio de la denuncia penal correspondiente.
Si, además, quien incurre en tales conductas, es un miembro de alguna de las listas de candidatos, será excluido de inmediato del proceso electoral, mediante resolución del Jurado Electoral.
Art. 27°. Durante el desarrollo de la campaña electoral, no está permitida la participación y/o intervención del personal administrativo remunerado y trabajadores del Club, salvo las labores logísticas necesarias y propias de su función. Quien realice tales conductas incurrirá en falta grave, conforme la legislación laboral y/o será separado inmediatamente de su función.
Art. 28°. El Jurado Electoral, en coordinación con el Consejo Directivo, velará por el cumplimiento de las normas del Estatuto y el presente reglamento, respetando el alto nivel de corrección, con que deben actuar los asociados para prestigio de nuestra institución.
CAPÍTULO VII - DEL ACTO DE SUFRAGIO
Art. 29°. El acto de sufragio se efectuará el día y fecha programada en la convocatoria, en la sede institucional del Club Ancash, ubicado en Av. Horacio Urteaga N° 660 – Jesús María – Lima; en el horario de 9:00 hasta las 17:00 horas. Las listas de candidatos al Consejo Directivo, serán exhibidas en la cámara secreta y en un lugar visible para los asociados.
Art. 30°. Se instalará por lo menos una (1) mesa de sufragio, a cargo del Jurado Electoral y/o aquellos que designe como miembros de mesa, entre los asociados activos hábiles o vitalicios asistentes, si así lo requiera.
La instalación de la mesa de sufragio podrá contar con la presencia de los personeros por cada lista de candidatos. La demora imprevista en la instalación de la mesa de sufragio, no invalida el acto electoral.
Art. 31°. El presidente de la mesa de sufragio, procederá a identificar al elector y le hará entrega de una cédula de sufragio, firmada por el Presidente y secretario del Jurado Electoral. Los personeros debidamente acreditados, podrán firmar la cédula de sufragio, si lo desean.
Art. 32°. Los miembros de mesa, realizarán el proceso de votación en la forma siguiente:
a) Identificar al asociado mediante su DNI o carnet; bajo ninguna circunstancia o motivo se aceptará como identificación, otro tipo de documento.
b) Verificar en el padrón electoral, su condición de asociado activo hábil o vitalicio.
c) Entregar al elector, la cédula de sufragio.
d) El elector ingresará a la cámara secreta, máximo por el lapso de dos (2) minutos.
e) El elector regresa a la mesa de sufragio y deposita su voto en el ánfora, luego firma y coloca su huella dactilar en el padrón electoral.
f) Devolver el DNI o carnet al asociado.
Art. 33°. Si por circunstancias imprevistas, algún asociado activo hábil o vitalicio, no hubiera sido considerado en el padrón electoral, el Jurado Electoral previa verificación de datos, DNI, padrón de asociados y su condición de asociado, dispondrá el registro de los datos del asociado al final del padrón electoral y le permitirá sufragar. Esta ocurrencia, debe constar en el acta de instalación del proceso electoral.
Art. 34°. Está prohibido que los electores y candidatos de las listas, se presenten a sufragar:
a) Haciendo uso o portando cualquier distintivo, que distorsione el acto de sufragio.
b) En estado de ebriedad.
c) Realizar cualquier acto, con el fin de entorpecer o interrumpir el sufragio.
Art. 35°. El Jurado Electoral, al observar, que algún personero se encuentra alterando el orden y/o se niegue a acatar sus indicaciones sin justificación, podrá descalificarlo del cargo y se le invitará a abandonar el recinto donde se lleva a cabo el acto de sufragio, pudiendo constituir una conducta sancionable, conforme los artículos 23° y 24° del Estatuto.
Art. 36°. Cualquier asociado que durante el acto de sufragio, altere el orden o cometa actos reñidos contra la moral y/o buenas costumbres, será desalojado del local, siendo su conducta sancionable conforme los artículos 23° y 24° del Estatuto.
CAPÍTULO VIII- DEL ESCRUTINIO
Art. 37°. Finalizado el acto de sufragio, el presidente del Jurado Electoral, firmará el acta correspondiente y realizará el escrutinio en un solo acto público e ininterrumpido, confrontando el número de electores, con el número de votos depositados en el ánfora; si éstos fueran mayor al número de electores, se destruirán al azar las cédulas excedentes, dejando constancia del acto.
Art. 38°. Efectuado el recuento de votos, se procederá al escrutinio, para lo cual el presidente del Jurado Electoral, exhibirá y abrirá las cédulas de sufragio, una por una y leerá en voz alta el contenido, mostrando la misma, a los personeros y asistentes, mientras el Secretario, anotará el voto para cada lista de candidatos.
Art. 39°. Las incidencias e impugnaciones, que pudieran suscitarse durante el escrutinio, serán resueltas de inmediato por el Jurado Electoral y registradas en el acta correspondiente.
Art. 40°. Para los efectos del cómputo de votos, no se tomarán en cuenta lo votos viciados, nulos o en blanco.
Art. 41°. Serán considerados votos válidos, aquellos que contengan el número de la lista de candidatos, dentro del recuadro de la cédula ,sin ninguna otra anotación.
Art. 42°. Serán considerados votos viciados o nulos cuando la cédula de votación:
a) Sea distinta a las entregadas por el presidente de la mesa de sufragio.
b) Tenga señal identificativa del asociado elector.
c) Contenga inscripciones ajenas al proceso electoral.
d) No lleve la firma del presidente y secretario del Jurado Electoral.
e) Contengan números, que no corresponden a los asignados, a las listas de candidatos.
f) El número asignado dentro del recuadro sea ilegible o dudoso.
g)Registren o se inserten palabras y/o señales.
h) Ha sido firmada o marcada por el elector.
i) El número de lista del candidato de preferencia del elector, haya sido consignado fuera del recuadro.
Art. 43°. Serán considerados votos en blanco, cuando las cédulas no tengan marca alguna, que defina la preferencia del votante.
Art. 44°. Concluido el escrutinio, los miembros de la mesa de sufragio levantarán el acta correspondiente, consignando los siguientes datos:
a) Fecha y hora de inicio y término del escrutinio.
b) Nombres y apellidos de los miembros de la mesa de sufragio y de los personeros presentes en el acto.
c) Número de electores.
d) Número de cédulas escrutadas.
e) Diferencia entre electores y cédulas.
f) Cómputo de votos, para cada lista de candidatos.
g) Número de votos nulos, viciados y en blanco.
h) Incidencias durante el escrutinio.
i) Firma de los miembros de mesa y de los personeros asistentes.
Luego de firmada el acta, el Jurado Electoral, procederá con la destrucción de las cédulas de votación.
Art. 45°. Finalizado el acto de sufragio y escrutinio, el Jurado Electoral, levantará el acta de resultado de elecciones por triplicado, las que serán firmadas por el Jurado Electoral y personeros. Un ejemplar del acta, quedará en poder del presidente del Jurado Electoral, otro, será colocado en un lugar visible para conocimiento de los asociados y el último será entregado al Consejo Directivo vigente.
Art. 46°. Será declarada ganadora de las elecciones, la lista que obtenga mayor número de votos. En caso de empate, se decidirá al ganador, por sorteo, en el mismo acto.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
PRIMERA. - El presente Reglamento Electoral, fue aprobado en Asamblea General Extraordinaria, del 31 de enero de 2025 y entrará en vigencia, a partir del día siguiente, quedando derogado, todo reglamento electoral precedente.
SEGUNDA. - El Jurado Electoral, registrará sus sesiones y acuerdos en el Libro de Actas respectivo y al término de sus funciones, deberá ser entregado con cargo, al Consejo Directivo vigente, bajo responsabilidad.
DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA. - Cualquier otro aspecto del proceso electoral, no previsto en el Estatuto o en el presente reglamento, será resuelto por el Jurado Electoral, siendo sus decisiones inapelables, conforme el artículo 121° del Estatuto.
SEGUNDA. - El presente reglamento, deberá ser difundido a los asociados del Club Ancash, a través de los medios oficiales de comunicación.
Jesús María, 18 de febrero del 2025
FIRMAS DEL JURADO ELECTORAL
CRONOGRAMA ELECTORAL-
Elección del Consejo Directivo 2025- 2027
FECHA ACTIVIDAD
03-Dic-24 -° INSTALACIÓN DEL JURADO ELECTORAL, FUNCIONES y APERTURA DEL LIBRO DE ACTAS.
10-Dic-24-° FORMULACIÓN DEL CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES DEL JURADO ELECTORAL.
17-Dic-24 -° LECTURA Y ANÁLISIS DEL REGLAMENTO 2022, y REQUERIMIENTO AL PRESIDENTE DEL CLUB PARA LLEVAR A CABO EL PROCESO ELECTORAL.
11 al 21-Ene-25 - ELABORACION DEL PROYECTO DEL REGLAMENTO ELECTORAL.
31 Ene- 25 - ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA, PARA APROBAR EL PROYECTO DEL REGLAMENTO ELECTORAL.
15-Feb-25 -° ENTREGA DE FORMATOS, EN LA SEDE DEL CLUB, PARA LA INSCRIPCIÓN DE CANDIDATOS
18 FEB 25 - PUBLICACION DEL REGLAMENTO ELECTORAL OFICIAL Y SU CRONOGRAMA ELECTORAL
19 al 22 Feb-25 - CONVOCATORIA A ELECCIONES 2025 – 2027 - A CARGO DEL PRESIDENTE DEL C.D.
21 al 27 Feb-25 - RECEPCIÓN DE LISTAS DE CANDIDATOS, CON SUS RESPECTIVOS PLANES DE TRABAJO EN EL HORARIO DE 1 PM A 8 PM
28 FEB 2025 - RECEPCION DEL PADRON DE ELECTORES HABILES Y VITALICIOS
1 al 3-Mar-25 -° DEPURACIÓN DE LISTAS DE CANDIDATOS
4-Mar-25 - ° PUBLICACIÓN DE LISTAS DEPURADAS DE CANDIDATOS Y ENTREGA DE CONSTANCIAS A LOS PERSONEROS
5 al 7 Mar-25- ° PRESENTACIÓN DE TACHAS
08 al 09 mar 25 - LEVANTAMIENTO DE TACHAS O IMPUGNACIONES
9-Mar-25 RESOLUCIÓN DE TACHAS PRESENTADAS
11-Mar-25 ° PUBLICACIÓN E INSCRIPCIÓN DE LAS LISTAS DECLARADAS APTAS
11-Mar-25 ° ELABORACIÓN DE CÉDULAS, DE SUFRAGIO, CONSTANCIAS Y MATERIAL ELECTORAL
12-Mar-25 ° DEBATES DE PLANES DE GOBIERNO DE LAS LISTAS DECLARADAS APTAS, HORA 6PM
15-Mar-25 ° ASAMBLEA GENERAL ELECCIONARIA - ESCRUTINIO ELECTORAL -° RECEPCIÓN DEL ACTA DE ESCRUTINIO -° PUBLICACIÓN DE LOS RESULTADOS Y PROCLAMACIÓN DE LISTA GANADORA
30-Mar-25 -° JURAMENTACIÓN DEL NUEVO CONSEJO DIRECTIVO 2025 - 2027
01 ABR 25 ENTREGA DEL INFORME FINAL, LIBRO DE ACTAS Y DOCUMENTOS GENERALES AL CONSEJO DIRECTIVO ELECTO.
FIRMAS DE LOS MIEMBROS DEL JURADO ELECTORAL.
PRESIDENTA Lily Portella Dominguez - VICEPRESIDENTE Justo Ponte Cruz - SECRETARIA Lourdes Bonilla Caceres y VOCAL Feliciano Apolinario Espiritu.
JESUS MARIA, 18 DE FEBRERO DE 2025.
INFORMES - JURADO ELECTORAL
Celulares: 999786639 - 944491989-987330268
FORMATOS PARA LOS CANDIDATOS
DECLARACIÓN JURADA PARA CANDIDATOS A LA DIRECTIVA DEL CLUB ANCASH
Yo, ………………………………………………………………………………………, identificado (a) con Documento de
Identidad Nº ………………, natural de la provincia de ………………………. y con domicilio actual en ……………………………………………………………………………………………...…;
DECLARO BAJO JURAMENTO:
- Que soy asociado hábil/vitalicio.
- He pagado mis cuotas ordinarias, hasta el mes de: ……………. Año: …….
- Mi fecha de ingreso al Club Ancash es el: ……………………………
- Mi grado de instrucción: ……………………………………………....................................
- Mi título académico: …………………………………………………………………………….
- Especialidad: ……………………………………………………………………………….…..
- Mi título técnico o de estudio superior es: ………………………………………………….
- Cumplo con los requisitos que establece el estatuto.
- Gozo de buena salud física y mental.
- Manifiesto gozar de una conducta intachable dentro o fuera del Club Ancash.
- No tengo antecedentes policiales, fiscales, penales y judiciales y tampoco he sido condenado por delito doloso.
- No tengo sanción vigente en el Club Ancash, ni en otra institución, según indica el articulo115, inciso d) del estatuto.
- No he sido procesado, ni condenado por los delitos de corrupción y/o delitos de tráfico de drogas; ni haber incurrido en actos de violencia, que atenten contra los derechos fundamentales de la persona y contra el patrimonio;
- Acredito con documentación, que tengo experiencia, formación, capacitado y actualizado en gestión como miembro del consejo directivo, dentro del Club Ancash y fuera de ella.
Firmo y pongo mi huella dactilar, la presente declaración jurada, de la veracidad de todo lo manifestado, en líneas arriba, y en pleno conocimiento, de las normas del estatuto y reglamento electoral del Club Ancash.
En caso de resultar falsa, la información que proporciono, me sujeto a los alcances de lo estipulado en el estatuto y en el artículo 29 del reglamento electoral del Club Ancash.
En fe de lo cual firmo la presente.
En Jesús María, el ..…..de…………………………… de 2025
Firma y huella: ----------------------------------
***********************************************************************************************************************************************************************
FORMATO DE LISTA DE LOS 20 CANDIDATOS AL CONSEJO DIRECTIVO 2025 - 2027
CLUB ANCASH
NOMINA DE LA LISTA DENOMINADA: " " CANDIDATOS AL CONSEJO DIRECTIVO 2025- 2027
DEBE INDICAR:
NRO. ORDEN
CARGO
APELLIDOS Y NOMBRES
NRO DNI
FECHA INGRESO AL CLUB:
PROVINCIA
LUGAR NACIMIENTO
FIRMA IGUAL A SU DNI
AL FINAL DE LA LISTA DE 20 CANDIDATOS, INDICAR LOS NOMBRES Y APELLIDOS DEL PERSONERO ACREDITADO, SU CORREO ELECTRONICO, NRO. CELULAR SU FIRMA Y LA FECHA DE PRESENTACION.
EL JURADO ELECTORAL, DEBE ENTREGARLE EL CARGO DE RECEPCION, INDICANDO FECHA, HORA DE RECEPCION Y LA RUBRICA DE RECIBIDO...
NOTA, CON FECHA 15 FEBRERO 2025, SE ENTREGARON ESTOS FORMATOS , ASI COMO LA LISTA DE ADHERENTES, AL PERSONERO E INTERESADO EN POSTULAR. ESTOS, LLEVAN EL SELLO Y FIRMA DE LA PRESIDENTA DEL JURADO ELECTORAL, A FIN DE QUE NO SEA CAMBIADO.

ESTATUTO DEL CLUB ANCASH - AÑO 2006- MODIFICACION PARCIAL EN EL AÑO 2022
ESTATUTO DEL CLUB ANCASH- MODIFICADO EN EL AÑO 2022
ESTATUTO DEL CLUB ANCASH
TITULO I
DEL NOMBRE, FINES DOMICILIO, DURACION Y EMBLEMA
Art. 1º El CLUB ANCASH, es una asociación civil, con personería jurídica de derecho privado, constituida libremente por ancashinos, sus descendientes y simpatizantes del club.
Art. 2º El Club Ancash, no persigue fines de lucro y sus objetivos son:
- Representar al departamento y mantener el honor y el prestigio de la institución.
- Realizar actividades de carácter cultural, social, turístico y deportivo.
- Promover acciones de integración y desarrollo del Departamento de Ancash.
- Cooperar con los poderes públicos y otras instituciones, cuando se trate del progreso de los pueblos ancashinos.
- Difundir y estimular los valores ancashinos, su milenaria cultura y su belleza natural.
- Cultivar los sentimientos de fraternidad, entre todos sus asociados y familiares.
- Propiciar la difusión de la cultura, entre sus asociados.
- Velar y cultivar los valores éticos, entre de sus asociados.
Art.3º El Club Ancash, respeta la ideología política y religiosa de sus asociados, mas no interviene en actividades político partidarias, ni permite en su sede reuniones de tal carácter.
Art.4º El Club Ancash tiene su sede social en la ciudad de Lima, con domicilio en el jirón Horacio Urteaga Nº 660, Jesús María.
Art. 5º El Club Ancash, se fundó el 2 de diciembre del año 1949. Celebra su aniversario el día 2 de diciembre de cada año. Su duración es indefinida. Se encuentra inscrito en el asiento Nº1, de fojas 397, del tomo 6to. de registro de asociaciones de Lima y en la partida No. 11018234
Art. 6º El Club Ancash, tiene su emblema institucional, con las siguientes características: Forma de escudo de armas, con una alegoría vertical del lanzón monolítico de Chavín, en color gris a la izquierda, y la puya Raimondi, en color verde a la derecha y en el fondo, la representación del mar, sierra y la cordillera de los andes, con los picos nevados del Huascarán y el cielo azul, con la inscripción del Club Ancash, en la parte superior.
Art. 7º El Club Ancash se rige por este estatuto, por sus reglamentos y por las disposiciones pertinentes del código civil.
TITULO II- LOS ASOCIADOS
CAPÍTULO I - DE LOS REQUISITOS PARA SER ASOCIADO
Art. 8º Para ser asociado se requiere:
- Ser ciudadano en ejercicio de sus derechos civiles.
- Tener solvencia moral.
- Ser persona natural del departamento de Ancash, descendiente o cónyuge de ancashino o simpatizante de Ancash.
- Ser aceptado de conformidad con las disposiciones del Art. 9.
Art. 9º Las propuestas para ser asociados vitalicios o activos (estos últimos, por lo menos con dos años de antigüedad en el club). Los miembros de la Junta Calificadora, están impedidos de presentar propuestas.
CAPÍTULO II - DE LAS CATEGORÍAS DE ASOCIADOS
Art. 10º El Club tiene categorías de asociados
- Activos
- Vitalicios
- Honorarios
Art. 11º Son asociados activos, los que, luego del respectivo informe de la Junta Calificadora, son aceptados por el consejo directivo e incorporados al club, previa juramentación.
Art. 12º Los asociados activos, gozan de todos los derechos que señala el estatuto, siempre que estén al día en sus obligaciones y cotizaciones mensuales, adquiriendo de esta forma, la condición de asociados hábiles.
Art. 13º Son asociados vitalicios, los que, después de haber cumplido veinticinco años consecutivos, como asociados activos hábiles del club, el Consejo Directivo, les acuerda tal categoría. Los asociados que adquieren la categoría de vitalicios son reconocidos como tales, en ceremonia pública, el día del Aniversario del club.
Art. 14º Los asociados vitalicios, gozan de los mismos derechos, que los activos. No están obligados al pago de cotización mensual.
Art. 15º Son asociados honorarios:
- Las personas a quienes la Asamblea General, les confiere tal distinción, a propuesta del Consejo Directivo o de no menos de 30 asociados activos hábiles, en mérito a sus importantes servicios y comprobada acción, por el progreso material y espiritual del club, del departamento de Ancash o del país.
- Los ex - presidentes de la institución, por derecho propio, ratificados por la asamblea general.
Art. 16º Los asociados honorarios, gozan de los mismos derechos que los asociados activos. Sólo los asociados honorarios, que son asociados activos hábiles, pueden elegir y ser elegidos.
Art. 17º La nómina de los asociados honorarios, se exhibe en lugar preferente en la sede social del club.
CAPITULO III - DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS ASOCIADOS
Art.18º Son derechos de los asociados:
- Elegir y ser elegido
- Tener voz y voto en las asambleas generales
- Disfrutar de las actividades y servicios que brinda el club, al igual que sus familiares e invitados.
- Denunciar las irregularidades, que observen en la marcha del club.
- Ingresar libremente al local del club portando su carnet de asociado
- A ser informado de la marcha económica y administrativa del club.
- Recibir con antelación las invitaciones y/o citaciones de las actividades programadas por el club
- Recibir un trato adecuado acorde con su condición de asociado.
Art. 19º Son obligaciones de los asociados:
- Cumplir las disposiciones del estatuto y reglamentos del club.
- Asistir puntualmente a las asambleas generales ordinarias y extraordinarias, así como a las diferentes actuaciones del club.
- Cumplir con los cargos, comisiones y delegaciones conferidas.
- Abonar, puntualmente, las cuotas ordinarias establecidas en el estatuto y las extraordinarias acordadas por la asamblea general.
- Conservar conducta honorable dentro del club y fuera de él.
- Conservar los bienes y enseres del club.
- Responder por sus invitados, tanto en el orden moral como económico.
- Ayudar económicamente en caso de desgracia del asociado o de sus familiares, si fuere necesario.
CAPÍTULO IV-DE LA PÉRDIDA DE LA CONDICIÓN DE ASOCIADO, SANCIONES Y ESTÍMULOS
Art. 20º Se pierde la calidad de asociado por:
- Fallecimiento.
- Renuncia escrita.
- Expulsión.
Art. 21º El club, de acuerdo a la gravedad de las faltas, puede aplicar las siguientes sanciones:
- Llamada de atención.
- Amonestación
- Suspensión o separación temporal
- Expulsión
Art. 22º La llamada de atención o amonestación, son aplicadas por el Consejo Directivo, en caso de faltas leves; éstas son aquellas, que no están comprendidas en las causales previstas en el Art.23.
Art. 23º La suspensión o separación temporal, es aplicada por el Consejo Directivo, según la gravedad, por las siguientes causas:
- El incumplimiento de las obligaciones del asociado.
- El daño causado a los bienes muebles e inmuebles o a la economía del club, sin perjuicio de la reparación correspondiente.
- La falta de pago de 6 cuotas mensuales o de cualquier otra obligación para con el club, previo requerimiento del Consejo Directivo.
- El que, aprovechando su condición de asociado, hace uso indebido y usufructo del local.
- El que comete actos de inmoralidad, que dañan el prestigio de la institución
- Los periodos de suspensión son establecidos en el reglamento.
Art. 24º La expulsión es impuesta por la asamblea general, a propuesta del Consejo Directivo, previo dictamen del Tribunal de Honor, por las siguientes causas:
- El ataque público al club.
- Incurrir en actos que agravian a la institución o a sus directivos.
- Por los escándalos graves cometidos en el local social.
- Observa conducta inmoral o gravemente reprensible.
- La condena por tribunales comunes, con pena privativa de la libertad, por delitos previstos en el código penal.
- Por reincidencia en las faltas sancionadas con suspensión.
- Negarse a cumplir la sanción señalada en el Art. 23.
- El que hace o permite hacer proselitismo político partidario, en el seno de la institución.
- Por grave infracción o flagrante incumplimiento del mandato estatutario.
Art. 25º El asociado que ha desplazado labor meritoria, a favor del club, se hace acreedor a premios y estímulos.
Art. 26º Los premios que otorga el club Ancash son los siguientes:
- Condecoración "Club Ancash" en el grado de:
- Gran Mérito
- Honor
- Laureles Magisteriales Ancashinos
- Diploma de Honor
- Diploma de Medalla al padre y a la madre ancashinos, elegidos por los representantes provinciales
- Diploma a los asociados honorarios y vitalicios
Art. 27º El reglamento, fija el modo y la forma de otorgar los premios señalados en el artículo anterior.
TITULO III ÓRGANO DE GOBIERNO
CAPÍTULO I - DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO
Art. 28º Son órganos de gobierno del club:
- La Asamblea General
- El Consejo Directivo
- El Comité Ejecutivo
CAPÍTULO II DE LA ASAMBLEA GENERAL
Art.29º La asamblea general, es la autoridad máxima de gobierno del club. Sus decisiones son inapelables y de cumplimiento obligatorio.
Art.30º Las asambleas generales, son ordinarias y extraordinarias.
Art. 31º La asamblea general ordinaria, tiene las siguientes atribuciones:
- Aprobar la memoria del presidente del Consejo Directivo y los estados financieros del ejercicio anual.
- Elegir a los miembros del Consejo Directivo, de la Junta Revisora de Cuentas, del Tribunal de Honor, del Comité de Patrimonio y del Jurado Electoral.
- Otorgar estímulos especiales y la distinción de asociado honorario.
- Resolver las propuestas planteadas por el consejo directivo o cuando lo solicite la décima parte de los asociados hábiles.
- Resolver los casos no previstos en el estatuto.
Art. 32º La asamblea general ordinaria, se lleva a cabo en las siguientes oportunidades:
- En la segunda quincena del mes de marzo de cada año, para recibir la memoria anual del Presidente del Consejo Directivo y aprobar los estados financieros al 31 de diciembre del último ejercicio, con el Informe del Comité de Patrimonio y dictamen de la Junta Revisora de Cuentas.
- En la primera quincena del mes de marzo de cada dos años, para elegir al Consejo Directivo.
- En la primera quincena del mes de junio de cada dos años, para elegir a los miembros del Tribunal de Honor, de la Junta Revisora de Cuentas y del Comité de Patrimonio.
- En la primera quincena del mes de noviembre, de cada dos años, para elegir a los miembros del Jurado Electoral.
Art. 33º Las asambleas generales extraordinarias, se reúnen cuando sean convocadas por el Presidente del club, con acuerdo del Consejo Directivo o lo solicite un mínimo de la décima parte de los asociados hábiles, para tratar, en ambos casos, sólo asuntos específicamente determinados en su convocatoria.
Art. 34º Son atribuciones de la Asamblea General Extraordinaria:
- Aprobar y modificar el estatuto.
- Aprobar el gravamen y/o la enajenación de los bienes inmuebles del club, así como de los valores negociables con los objetivos y requisitos señalados en los artículos 107 y 108 del estatuto, para lo cual, la asamblea general otorga los poderes respectivos al presidente del consejo directivo.
- Disponer investigaciones, auditorías externas y balances extraordinarios.
- Resolver los reclamos de los asociados, contra los actos del consejo directivo.
- Revocar a uno a todos los miembros de los órganos elegidos por la asamblea general, en concordancia con el Art. 24º, inciso i) con la asistencia de por lo menos el 25% de los asociados hábiles.
- Resolver los casos no previstos en el presente estatuto.
Art. 35º Las asambleas generales, son convocadas con ocho días de anticipación, por medio de avisos, que se fijarán en las pizarras del club y, por lo menos una vez, en uno de los diarios de mayor circulación de la localidad y por esquelas, que se remitirán a los asociados, especificándose el objeto de la convocatoria, recabándose el cargo correspondiente.
Art.36º Las asambleas generales, son presididas por el Presidente. En caso de impedimento, asume el Vicepresidente del club y a falta de él, un miembro del Consejo Directivo presente, elegido entre ellos.
Art. 37º El quórum para las asambleas generales, es de la mitad más uno de los asociados hábiles. De no contar con el número correspondiente, en la hora fijada en la citación, en segunda convocatoria, se realiza una hora después, con los asociados hábiles presentes, siempre que el total de los asistentes, no sea inferior al 10% de los asociados hábiles. De no reunir este requisito, se convoca a una nueva asamblea general, dentro de los 10 días hábiles siguientes, oportunidad en la que se celebra, con el número de asociados que asistan.
Art. 38º Los acuerdos de las asambleas generales, se adoptan por mayoría de votos de los asociados presentes.
Art. 39º Cuando la asamblea general extraordinaria, sea solicitada por los asociados hábiles a que se refiere el Art. 33, será convocada por el Consejo Directivo.
Art. 40º La asistencia del asociado hábil, a las asambleas generales, es obligatoria. En caso de impedimento podrá ser representado por poder con firma legalizada. El apoderado está facultado, para representar a no más de un asociado.
Art. 41º Para modificar el estatuto, se requiere, en primera convocatoria, la asistencia de más de la mitad de los asociados hábiles. Los acuerdos se adoptan con el voto de más de la mitad de los miembros concurrentes. En segunda convocatoria, los acuerdos se adoptan, con los asociados que asistan y que representen no menos del 30% de asociados hábiles.
CAPÍTULO III -DEL CONSEJO DIRECTIVO
Art. 42º El Consejo Directivo, es el órgano que dirige y representa al club y ejerce sus funciones por el término de dos años, reelegible únicamente por otro período inmediato de dos años. Sus miembros, son solidariamente responsables de la marcha de la Institución y del cumplimiento del estatuto y sus reglamentos.
Art. 43º El Consejo Directivo está constituido por los siguientes miembros:
- Presidente
- Vice-Presidente
- Director General
- Sub Director General
- Director de Economía
- Sub Director de Economía
- Fiscal
- Secretario de Actas
- Director de Deportes y Recreación
- Director de Cultura y de Extensión Artística y Folklore
- Director de Biblioteca
- Director de Imagen Institucional y Relaciones Públicas
- Director de Promoción y Desarrollo
- Director de Relaciones Interinstitucionales
- Director de Turismo
- Director de Asistencia y Previsión Social
- Director de Actividades Sociales
- Director de Servicios Internos
- Director de la Juventud
- Vocal
Son miembros natos el presidente y el director de economía, cesantes del Consejo Directivo saliente.
Art. 44º Para postular y ser elegido a los cargos de Presidente y Vicepresidente se requiere ser ancashino de nacimiento o descendiente de ancashino de nacimiento o descendiente de ancashinos, con una antigüedad de no menos de 10 años, como asociado hábil, y para el cargo del Consejo Directivo, no menos de dos años, y para el cargo de Director de Economía, poseer título de Contador Público Colegiado.
Art. 45º Las atribuciones y obligaciones del Consejo Directivo son:
- Cumplir y hacer cumplir el estatuto y los reglamentos, los acuerdos de las asambleas generales y sus propios acuerdos;
- Convocar a asamblea general ordinaria y extraordinaria:
- Formular el plan anual de actividades del club, con los planes presentados por sus miembros, quienes están obligados a presentar dichos planes individuales dentro de los noventa días de su juramentación, de acuerdo con las funciones que les señala el estatuto.
- Aprobar el proyecto de presupuesto anual que formula el director de economía, y dar cuenta a la asamblea general;
- Otorgar los premios y estímulos contemplados en el estatuto y aplicar las sanciones que son de su competencia;
- Nombrar comisiones para tareas específicas.
- Nombrar y remover al administrador y al personal interno del club y fijar remuneraciones;
- Celebrar contratos de acuerdo al estatuto y a las disposiciones legales vigentes;
- Aprobar la adquisición de bienes y obligaciones, en cualquiera de las formas que establezca el estatuto o la Ley.
- Proponer a la asamblea las cuotas de ingreso y las cotizaciones ordinarias de los asociados;
- Aprobar el ingreso de nuevos asociados;
- Dar cumplimiento al acuerdo de la asamblea general, para enajenar y/o gravar los bienes inmuebles, así como los valores negociables del Club.
- Cubrir los cargos directivos, declarados vacantes, dando cuenta a la asamblea general.
- Supervisar y controlar la labor que el administrador, realice en ejercicio de sus funciones.
- Dentro de los 90 días, de asumir la dirección administrativa del club, el Consejo Directivo, tiene la obligación de informar mediante un documento debidamente fundamentado, a la asamblea general extraordinaria que, el efecto se convoque, la situación económica y patrimonial, en que recibe la institución, con el objeto de deslindar responsabilidad y, de ser el caso, solicitar el acuerdo de las acciones que correspondan.
Art. 46º El Consejo Directivo, sesiona en forma ordinaria, una vez al mes y en forma extraordinaria, cuando lo considere necesario. Es convocado por el presidente o por quien lo reemplaza. Tres de sus miembros, pueden solicitar al presidente la convocatoria.
Art.47º El quórum para las sesiones del Consejo Directivo, es el de la mitad más uno de sus miembros, en su primera citación. En segunda citación, una hora después, con un mínimo de nueve de sus integrantes.
Art. 48º Los acuerdos del Consejo Directivo, se toman por mayoría de votos, y en caso de empate el Presidente, tiene voto dirimente.
Art.49º El Consejo Directivo, declara vacante cualquier cargo de uno o más de sus miembros, por fallecimiento, por renuncia o por inasistencia a cuatro sesiones ordinarias consecutivas o seis sesiones, no consecutivas al año.
Del Presidente y Vicepresidente
Art. 50º El Presidente, es el representante legal y formal del club y tiene las siguientes atribuciones:
- Presidir las asambleas generales de asociados, sesiones del
consejo directivo y del comité ejecutivo;
- Convocar al Consejo Directivo a sesiones ordinarias y extraordinarias.
- Cumplir y hacer cumplir el estatuto y sus reglamentos, los acuerdos de la asamblea general y los del propio consejo directivo:
- Representar al club, en los procesos administrativos y judiciales, con arreglo a ley.
- Firmar conjuntamente con el Director de Economía cheques letras, pagarés y demás obligaciones que contraiga el club; así como los estados financieros y los registros contables;
- Firmar conjuntamente con el Director General, los contratos, las correspondencias, y demás documentos y comunicaciones del club;
- Presentar a la asamblea general la memoria anual y los estados financieros del ejercicio con dictamen de la junta revisora de cuentas;
- Hacer uso del fondo por gastos de representación programado en el presupuesto del club.
- Representar al club, ante la Asociación de Clubes Departamentales del Perú (ACDP)
- Abrir y cerrar cuentas corrientes, de ahorros, y todo tipo de cuentas y/o depósitos bancarios; en moneda nacional o extranjera, en entidades del sistema financiero nacional, a nombre del club: así como realizar depósitos, retiros, transferencias y operaciones bancarias de cualquier otro género; además de contratar y/o endosar pólizas de seguro a favor del club. Las facultades otorgadas, serán ejercidas de manera conjunta con el director de economía. El vicepresidente, asume las mismas atribuciones, en caso de ausencia, impedimento o renuncia del Presidente, lo cual se acreditará con su sola presencia. En cualquier caso, quien ejerza las facultades otorgadas, tiene la obligación de informar trimestralmente al Consejo Directivo y a la Junta Revisora de Cuentas del Club, sobre el manejo y/o operaciones realizadas en las cuentas del club.
Art. 51º El Vicepresidente asume las atribuciones del Presidente, en casos de ausencia, impedimento o renuncia. Asume otras funciones que el consejo directivo le señale.
Del Director General y del Subdirector General
Art. 52º El Director General, es el colaborador inmediato del presidente. Sus atribuciones son:
- Recibir conjuntamente con el director de economía, los bienes del club, bajo inventario valorado y hacer igual entrega al término de su gestión.
- Dar trámite a las solicitudes de ingreso de nuevos asociados;
- Supervisar la organización y actualización permanente del padrón de asociados;
- Otorgar los carnets de identidad a los asociados;
- Redactar la correspondencia y llevar el archivo respectivo;
- Coordinar las actividades de los demás miembros del Consejo Directivo;
- Preparar los elementos que permitan el eficiente funcionamiento de los órganos de gobierno del club;
- Responsabilizarse del cuidado y conservación de los archivos, libros de actas, estatuto y reglamentos y demás documentos importantes que corresponden a la vida institucional del club;
Art. 53º El Subdirector General, reemplaza al director general, en todas las funciones que corresponden a éste, en casos de ausencia o impedimento. Sus funciones específicas son:
- Organizar y mantener al día el padrón de asociados.
- Actuar como secretario de la junta calificadora de asociados.
- Reemplazar al secretario de actas en caso de ausencia o impedimento.
DEL DIRECTOR DE ECONOMIA Y SUBDIRECTOR DE ECONOMIA
Art. 54º El Director de Economía, es responsable de los asuntos de tesorería y contabilidad del club y tiene las siguientes atribuciones:
- Recibir conjuntamente con el Director General, los bienes del club, bajo inventario valorado y entregarlos al término de su gestión en la misma forma;
- Recibir bajo inventario los valores, libros y enseres correspondientes a la tesorería y entregarlos en la misma forma al término de la gestión.
- Controlar todos los ingresos y egresos del club.
- Fiscalizar las actividades institucionales, que impliquen ingresos y egresos económicos.
- Firmar conjuntamente con el presidente, pagarés, cheques, letras y demás obligaciones de crédito, que contraiga el club.
- Efectuar los pagos ordinarios presupuestados y extraordinarios acordados por el consejo directivo, con visación del Presidente.
- Supervisar la labor de la contabilidad.
- Presentar al Consejo Directivo, los estados financieros trimestrales y anuales; estos últimos con dictamen de la junta revisora de cuentas.
- Presentar al Consejo Directivo el proyecto del presupuesto anual.
- Abrir y cerrar cuentas corrientes, de ahorros, a plazos y todo tipo de cuentas y/o depósitos bancarios; en moneda nacional o extranjera, en entidades del sistema financiero nacional, a nombre del club: así como realizar depósitos, retiros, transferencias y operaciones bancarias de cualquier otro género; además de contratar y/o endosar pólizas de seguro, a favor del Club. Las facultades otorgadas, serán ejercidas de manera conjunta con el Presidente. El Sub Director de Economía, asume las mismas atribuciones, en caso de ausencia, impedimento o renuncia del Director de Economía, lo cual se acreditará con su sola presencia.
En cualquier caso, quien ejerza las facultades otorgadas, tiene la obligación de informar trimestralmente al Consejo Directivo y a la Junta Revisora de Cuentas del Club, sobre el manejo y/o operaciones realizadas en las cuentas del club.
Art. 55º El Sub Director de Economía, colabora estrechamente con el Director de Economía, en todos los asuntos que competen a las funciones de éste y lo reemplaza en casos de ausencia o impedimento.
Del Fiscal
Art. 56º El fiscal, se encarga de velar por el fiel cumplimiento de las disposiciones del estatuto y reglamentos; y sus atribuciones son:
- Velar por la moderación y el orden, necesarios en las intervenciones y conducta de los asistentes a la asamblea y consejo directivo, procurando el normal desarrollo de las sesiones.
- Interceder en una eventual desavenencia, que pueda surgir entre los miembros del club, procurando siempre la armonía y concordancia entre ellos.
- Denunciar ante el Tribunal de Honor, los actos que deben ser conocidos y resueltos por él, a través del Consejo Directivo adjuntando las pruebas respectivas.
- Presidir la junta calificadora de asociados.
- El Fiscal asiste a las asambleas y sesiones del Consejo Directivo, para hacer respetar las decisiones y acuerdos que se adopten.
DEL SECRETARIO DE ACTAS
Art. 57º El Secretario de actas, es el encargado de tomar notas del desarrollo de las asambleas generales, las sesiones del consejo directivo y del comité ejecutivo y redactar los acuerdos en el respectivo libro. Sus atribuciones son:
- Llevar y mantener al día los libros de actas, de las asambleas generales, sesiones del consejo directivo y del comité ejecutivo, actuando como secretario, en dichas reuniones.
- Publicar con autorización del presidente, los comunicados internos, en los que se dé cuenta, de los principales acuerdos tomados en la asamblea general y en las sesiones del consejo directivo.
Del Director de Deportes y Recreación
Art. 58º El director de deportes y recreación, es el encargado de fomentar las actividades relacionadas con el deporte y la recreación, con la participación y apoyo del director de la juventud. Sus atribuciones y obligaciones son:
- Planificar, organizar y dirigir las actividades deportivas y de recreación, formulando el programa anual y el presupuesto de tales actividades.
- Organizar campeonatos internos, provinciales y departamentales, promoviendo el intercambio deportivo y de recreación.
- Organizar giras deportivas o de recreación a las diferentes circunscripciones del departamento o del país.
- Gestionar la afiliación de los equipos del club, ante las Ligas Deportivas, previa autorización del Consejo Directivo.
- Informar periódicamente al Consejo Directivo, los resultados de las actividades programadas y realizadas.
Del Director de Cultura y de Extensión Artística y Folklórica
Art. 59º El Director de cultura y de extensión artística y folklórica, es el responsable de la difusión de la cultura en sus diversas manifestaciones. Sus funciones son:
- Realizar actividades de carácter cultural.
- Organizar y coordinar conferencias, fórums, charlas de orientación científica, cívica, exposiciones de artesanía, muestras arqueológicas, obras teatrales, presentación de libros de autores ancashinos.
- Coordinar actividades institucionales acerca de efemérides y homenajes cívico históricos.
- Presentar al consejo directivo, el cronograma anual de actividades culturales, artísticas y de folklore con las propuestas de su financiación.
- Coordinar acciones con las instituciones afines, para divulgar actividades culturales reciprocas.
- Fomentar la presentación de danzas folklóricas y música vernacular propias de cada provincia del departamento.
- Apoyar la presentación de conjuntos artísticos e intérpretes de música vernacular.
- Llevar un registro actualizado de conjuntos musicales, de propietarios de indumentaria típica, de grupos de danzas y otros.
- Proponer al Consejo Directivo, la conformación del comité editorial de la revista Institucional "Forjando Ancash" cuyo contenido será preferentemente cultural y de promoción del desarrollo del departamento.
Art. 60º El Comité editorial, está bajo la responsabilidad de un Director y un mínimo de 3 editores, teniendo en cuenta sus especialidades profesionales. Cumple las siguientes funciones:
- Publicar la revista, con la periodicidad, que acuerde el Consejo Directivo.
- Proponer al Consejo Directivo, la nómina de los colaboradores y redactores.
- Someter a consideración del consejo directivo el contenido y presupuesto de cada edición, con conocimiento y por intermedio del director de cultura y de extensión artística y folklore.
- Procurar la mayor difusión de la revista.
- Dar cuenta al consejo directivo, periódicamente, los resultados económicos de la publicación de la revista.
- Publicar el boletín del club, con la periodicidad que recomiende el comité ejecutivo, para dar cuenta a los asociados de las actividades institucionales.
Del Director de Biblioteca
Art. 61º El Director de biblioteca, es el encargado de la dirección y funcionamiento de la biblioteca del Club. Sus obligaciones y atribuciones son:
- Recibir la biblioteca bajo inventario y entregarlas al término de su gestión en las mismas condiciones.
- Incrementar la biblioteca, hemeroteca y mapoteca del club, catalogando los libros, revistas y otras publicaciones.
- Adquirir libros, revistas y periódicos, con presupuestos autorizados por el consejo directivo.
- Realizar el inventario anual y velar por el buen estado de conservación de los libros y revistas del club.
- Solicitar la donación de libros a sus autores, preferentemente ancashinos.
- Instituir el día del libro ancashino y propiciar la feria del libro
- Publicar el catálogo de la biblioteca y el horario de atención a los usuarios.
Del director de Imagen Institucional y Relaciones Públicas
Art. 62 El Director de imagen institucional y relaciones públicas, es el responsable de difundir la imagen pública del club, de velar por su integridad y de comunicar a los medios información las actividades de la institución. Sus funciones son:
- Colaborar estrechamente con la presidencia y el comité editorial de la revista institucional del club.
- Apoyar a los miembros del Consejo Directivo, instituciones provinciales y autoridades, con la finalidad de difundir las inquietudes de desarrollo de la región.
- Mantener permanente relación, con los medios de comunicación social, para difundir las actividades institucionales del club.
- Mantener vínculo permanente, con entidades públicas y privadas para la coordinación de las actividades de la institución.
- Colaborar con los demás directores en sus programas de acercamiento a las autoridades e instituciones representativas publicas privadas, para el cumplimiento de sus atribuciones.
Art.63º El Director de promoción y desarrollo, es el encargado de las acciones de promoción de la comunidad ancashina y de desarrollo del departamento. Sus funciones son:
- Promover la elaboración de planes de desarrollo de las diferentes circunscripciones del departamento de Ancash.
- Promover la celebración de fórums, seminarios, congresos, etc. acerca de la problemática del departamento de Ancash, en coordinación con los demás directores que correspondan.
- Promover la suscripción de convenios con personas naturales, jurídicas y con los organismos públicos y privados acerca de acciones de desarrollo del departamento de Ancash, tales como el turismo, vialidad, folklore, industria, recursos naturales, etc. Con la autorización del consejo Directivo y en coordinación con los directores de funciones similares.
- Promover acciones de apoyo a los estudiantes, a los profesionales e investigadores, mediante estímulos en sus tareas de investigación, producción científica, cultural y artística.
- Mantener una lista actualizada de los profesionales ancashinos, por especialidades, por provincias, direcciones domiciliarias y números telefónicos.
Del Director de Relaciones Interinstitucionales
Art. 64º El director de relaciones interinstitucionales, es el encargado de promover el acercamiento con las instituciones afines, para lograr el intercambio de programas de interés común. Sus funciones son:
- Promover la cooperación, entre el club, con las instituciones afines, cultivando los sentimientos de amistad y solidaridad.
- Llevar un registro completo de las instituciones provinciales y/o distritales con sede en Lima, así como de las autoridades políticas, ediles y parlamentarias del departamento de Ancash, manteniendo vínculos para el diálogo e intercambio de informes, ideas, programas de trabajo de interés común.
- Mantener relaciones institucionales con clubes representativos de Ancash, en otras localidades del país y promover la creación de entidades similares en otros lugares.
- Actuar como delegado suplente del club, ante la asociación de clubes departamentales del Perú (ACDP).
Del Director de Turismo
Art. 65º El director de turismo, es el encargado de la promoción turística del departamento. Sus funciones son:
- Fomentar y difundir el patrimonio cultural y ecológico del departamento a nivel nacional e internacional.
- Promover programas de circuitos turísticos.
- Acopiar material de información turística del departamento, en coordinación con el director de promoción y desarrollo.
- Promover acciones para la conservación e intangibilidad del parque nacional Huascarán, complejo arqueológico de Chavín y otros monumentos históricos y naturales con que cuenta el departamento.
- Mantener relaciones con organismos de turismo nacional e internacional.
- Promover la instalación de una oficina de coordinación orientada a realizar turismo hacia el departamento de Ancash.
- Solicitar a las empresas de transporte terrestre, la exhibición de videos y películas acerca de los valores turísticos de Ancash.
Del Director de Asistencia Social y Previsión Social
Art. 66º El Director de asistencia social y previsión social, es el encargado de velar por el bienestar material y espiritual de los asociados y sus familiares. Sus funciones son:
- Establecer los vínculos de colaboración necesaria, para ofrecer la ayuda a los asociados en caso de enfermedad o de emergencia personal o familiar, comunicado oportunamente al Consejo Directivo, para las acciones que correspondan.
- En caso de fallecimiento de un asociado, presentar la condolencia a los deudos, enviar en nombre del club una ofrenda floral.
- Prestar orientación y asistencia social a los codepartamentanos que llegan a la capital y que requieran la colaboración del club.
- Organizar servicios de asistencia profesional.
Del Director de Actividades Sociales
Art.67º El Director de actividades sociales, es el encargado de organizar las actividades sociales, que desarrolla el club, durante el periodo anual. Sus funciones son:
- Planificar y organizar las actividades sociales tradicionales como: La celebración de los carnavales, día de la Madre, día del Padre, día del Padre, día del Maestro, aniversario nacional, la flor departamental, aniversario del club, kermés anual, fiesta de fin de año.
- Planificar y organizar actuaciones sociales del homenaje a los asociados y personalidades ancashinas, con motivo de hechos significativos que honran al departamento de Ancash.
Del Director de Servicios Internos
Art. 68º El Director de servicios internos, es el encargado de velar por la eficiente atención a los asociados e invitados, en el local institucional. Sus funciones son:
- Supervisar y evaluar la calidad y los costos de los servicios de bar y restaurante.
- Supervisar y evaluar en coordinación con el administrador, el trabajo del personal encargado del área de servicios de limpieza, cocina, comedor, almacén y bar.
Del Director de la Juventud
Art. 69º El Director de la juventud, es el encargado de atraer a los jóvenes ancashinos, hijos de ancashinos y simpatizantes a participar en las actividades del Club. Sus funciones son:
- Organizar actividades sociales, culturales, deportivas, artísticas y de turismo, en coordinación con los directores afines.
- Promocionar la formación de nuevos dirigentes institucionales e invitarlos a ingresar como nuevos asociados para la institución.
- Organizar y mantener el padrón del grupo juvenil, con los cuales cumple sus funciones y realiza sus actividades.
Del Vocal
Art. 70º El Vocal, es el miembro del consejo directivo que, no teniendo funciones específicas, reemplaza a cualquiera de los directores, en su ausencia temporal o integra la comisión que le asigne el consejo directivo.
De los Vocales de turno
Art.71º Los integrantes del Consejo Directivo, en turnos obligatorios previamente establecidos, uno titular y otro suplente, deberán concurrir todos los días de la semana, al local del club, en las horas de actividad social de la institución, para verificar su normal desenvolvimiento y para resolver situaciones imprevistas, que pudieran producirse, constituyendo la autoridad directriz inmediata; en el ejercicio de tales funciones, se denominarán vocales de turno, denominación no reñida, con el cargo de vocal, a que se refiere el Art. 43.
Sus funciones son:
- Velar por el estricto cumplimiento del estatuto y reglamentos del club, así como de los acuerdos tomados por el consejo directivo.
- Responsabilizarse por la buena marcha de la vida institucional dictando, para ello, las medidas que fueran convenientes.
- Recibir y tramitar o resolver las reclamaciones, que les formulen los asociados.
- Ejercer autoridad sobre el personal rentado del club.
- Informar por escrito al consejo directivo sobre los resultados de su labor.
- Representar al club, en cualquier diligencia temporal y urgente.
Art. 72º Las atribuciones y obligaciones señaladas, para cada uno de los cargos del consejo directivo son enumerativas y no limitativas, pero sí es obligatorio que cada director, presente al Presidente los resultados del plan de trabajo, al final de cada año de gestión, en cumplimiento del artículo 45º, inc. c).
Capítulo IV - Del Comité Ejecutivo
Art.73º El Comité ejecutivo, es el órgano de gobierno de gestión administrativa del club, encargado de conocer y resolver asuntos urgentes y de inmediata ejecución, que permitan la buena marcha de la institución, dando cuenta al consejo directivo. El tiempo de su mandato es de dos años.
Art. 74º El Comité ejecutivo está conformado por los siguientes nueve miembros integrantes del consejo directivo:
1.- Presidente
2.- Vicepresidente
3.- Director General
4.- Secretario de Actas
5.- Director de Economía
6.- Fiscal
7.- Director de Cultura y Extensión Artística y Folklórica
8.- Director de Actividades Sociales
9.- Director de Servicios Internos
El comité no puede funcionar, con no menos de cinco de sus miembros incluyendo la asistencia obligatoria del presidente o vicepresidente.
La presidenta del comité de damas, o su representante, es miembro nato del comité ejecutivo. Asiste a las sesiones con voz, pero sin voto.
Art.75º Son funciones del Comité Ejecutivo:
- Adoptar, en el ejercicio de sus funciones, acciones apremiantes en representación del Consejo Directivo, dando cuenta a éste sobre las resoluciones ejecutadas.
- Administrar los recursos humanos, financieros, materiales y documentación del club.
- Evaluar permanentemente el comportamiento y rendimiento del administrador y del personal rentado del club.
- Supervisar la cantidad y calidad y precios de los servicios de bar restaurante, así como el abastecimiento y conservación de los materiales, muebles, utensilios, menaje, artefactos eléctricos, etc. y el uso y/o alquiler del local institucional, por asociados, sus familiares o terceros, previa solicitud y firma del respectivo contrato, con el aval de un asociado hábil.
- Cumplir delegaciones específicas del consejo directivo.
Art. 76º El Comité ejecutivo, se reúne a la sola citación verbal o escrita del Presidente o de dos de sus miembros, cuantas veces sean necesarios; adopta sus acuerdos por mayoría simple de los directivos concurrentes, adecuando su funcionamiento al reglamento aprobado por el Consejo Directivo.
El Administrador asiste a las reuniones cuantas veces sea citado por el presidente del comité ejecutivo, con voz, pero sin voto.
TITULO IV ÓRGANOS DE APOYO
CAPÍTULO I - DE LOS ÓRGANOS DE APOYO
Art.77º Los órganos de Apoyo son:
- El Comité de Damas
- El Consejo Consultivo y de Asesoría
- El Comité de Premios y Estímulos
- Comisiones.
CAPÍTULO II DEL COMITÉ DE DAMAS
Art 78º El Comité de damas, está integrado por las esposas de los miembros del consejo directivo, desempeñando la presidencia preferentemente la esposa del presidente del club o del vicepresidente. Previo acuerdo del comité podrán integrarlo las asociadas, esposas de los asociados y otras damas.
Art 79º El Comité de damas, por su naturaleza, colabora de manera estrecha con el consejo directivo y especialmente con el comité ejecutivo, para el logro de los fines y objetivos del club.
Art 80º El Comité de damas, designa entre sus integrantes una delegada como segundo suplente, ante la asociación de clubes departamentales del Perú (ACDP).
Art. 81º El Comité de damas, se rige por su propio reglamento Interno, aprobado por el consejo directivo.
Art. 82º El Comité de damas, tiene la misma vigencia del mandato del consejo directivo; a cuyo término hace entrega de toda la documentación a su cargo al Director General del Consejo Directivo, y al Director de Economía, si hubiera algún fondo económico.
CAPÍTULO III DEL CONSEJO CONSULTIVO Y DE ASESORÍA
Art 83 El Consejo consultivo y de asesoría, es un órgano de apoyo, conformado por los asociados honorarios. Sus funciones son de carácter consultivo y de asesoría, sobre asuntos que el consejo directivo, juzgue necesario someter a su consideración. También tiene facultad para presentar al Consejo Directivo las propuestas que considere pertinentes para el bien del club, en vía de colaboración.
La participación de los asociados honorarios en el consejo consultivo y de asesoría, es voluntaria y decidida personalmente, con el firme propósito de aportar ideas, iniciativas y acciones que tengan por objeto apoyar, ayudar y colaborar con la acción de gobierno del consejo directivo, en asuntos y planes que favorezcan el desarrollo de la institución.
Los miembros del consejo consultivo y de asesoría, forman un grupo de trabajo interno, en el que actúan en forma rotativa, cada dos años que dura el mandato institucional, un asesor presidente, un asesor secretario y los demás asociados honorarios, que comprometan su participación son asesores vocales.
Este órgano, se rige por su propio reglamento interno redactado por el mismo consejo y aprobado por el Consejo Directivo.
Capítulo IV - Del Comité de Premios y Estímulos
Art.84º El comité de premios y estímulos, es el órgano de apoyo encargado de evaluar a las personas o instituciones que sean merecedoras de premios, estímulos y otros galardones que el club otorga cada año, según lo previsto en los artículos 25º, 26º y 27º. Las propuestas deben ser sometidas al Consejo Directivo.
Art 85º El Comité de premios y estímulos, está constituido por tres miembros del consejo directivo, bajo la presidencia del director general e integrado por los directores de imagen institucional y de cultura extensión artística y folklore.
Art. 86º El Comité de premios y estímulos, recibe las propuestas para el otorgamiento de los diferentes premios contemplados en el Art. 26º, de parte de los miembros del consejo directivo, asociados o de cualquier institución provincial vinculada al club, con la anticipación de no menos de 30 días a la fecha prevista, para el acto de premiación, con los fundamentos que amerita el premio.
Art 87º El otorgamiento del diploma de asociado honorario, al que se refiere al
Art.26, corresponde únicamente a la asamblea general, según el Art. 15, inciso a).
Capitulo v De las Comisiones
Art 88º Las comisiones, son órganos de apoyo del consejo directivo, cuya función es específica, para la ejecución de un objeto o actividad determinada; al final del cual emite su informe escrito. El consejo directivo las constituye, cuando el desarrollo de sus planes así lo requiere.
TITULO V ORGANO ADMINISTRATIVO
CAPÍTULO I - DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CLUB
Art 89º El Club cuenta con un Administrador, nombrado por el consejo directivo a propuesta del Comité Ejecutivo, como funcionario rentado, que se encarga de dar cumplimiento a los acuerdos del consejo directivo y del comité ejecutivo, en asuntos de gestión interna de la institución, con atribuciones señaladas en el respectivo reglamento.
Art 90º El Administrador, es un funcionario de confianza y debe acreditar para el ejercicio idóneo de sus funciones, con una formación profesional, en instituciones superiores y especialmente con una experiencia mínima de tres años en labores y responsabilidades, en entidades similares, en el campo de servicios de hotelería, restaurantes, administración de recursos humanos y otros requisitos que fija el reglamento; sus labores están estrechamente vinculadas con las funciones del Director de Servicios Internos.
TITULO VI ORGANO ETICO DEL CLUB
CAPÍTULO I - DEL TRIBUNAL DE HONOR
Art. 91º El Tribunal de honor, es el órgano encargado de velar, porque el prestigio e integridad moral de la institución, se mantengan incólumes a través de la conducta de sus asociados, en actos relacionados con la marcha del club.
Art 92º El Tribunal de honor, está constituido por tres miembros elegidos en la asamblea general entre los asociados que tengan como mínimo 10 años de antigüedad como asociados hábiles, que no desempeñen otro cargo en los órganos del club y que hayan demostrado conducta intachable e idoneidad comprobada.
Art 93º El Tribunal de honor, elige entre sus miembros a su Presidente. Se reúne a solicitud del consejo directivo, para evaluar los casos que él someta a su consideración y emite el dictamen correspondiente en el plazo no mayor de sesenta días de conocido el hecho.
Art 94º El asociado sometido a proceso ante el tribunal de honor, tiene derecho a ejercer su defensa en forma personal o por quien designe para este efecto. Si así no lo hiciere, el Tribunal le nombrará un defensor de oficio.
Art 95º Los acuerdos del tribunal de honor, se adoptan por mayoría y constan en su libro de actas.
TITULO VII - ÓRGANOS DE CONTROL
CAPÍTULO I - DE LOS ÓRGANOS DE CONTROL
Art 96º Son órganos de Control del Club
- La Junta Calificadora
- La Junta Revisora de Cuentas
- El Comité de Patrimonio
Capítulo II - De la Junta Calificadora
Art 97º La Junta calificadora, es el órgano encargado de evaluar las solicitudes de ingreso de nuevos asociados al club y está constituida por tres miembros: El fiscal que lo preside, el sub director general y un miembro designado por el consejo directivo.
Art 98º La Junta calificadora de asociados, es convocada por su presidente para evaluar, en sesión secreta y con quórum mínimo de dos de sus miembros, las solicitudes de ingreso recibidas dando cuenta al consejo directivo para su aprobación.
Art 99º La Junta calificadora, lleva un libro de actas en el que consta la relación de solicitudes calificadas por ella y aprobadas por el consejo directivo.
Art. 100º El Consejo Directivo, lleva a cabo la ceremonia de incorporación y juramentación de los nuevos asociados, con solicitudes aprobadas.
Capítulo III - De la Junta Revisora de Cuentas
Art 101º La Junta revisora de cuentas u órganos de auditoria interna, es la encargada de revisar y dictaminar los estados financieros, así como de supervisar la ejecución del presupuesto, de los gastos extraordinarios y el cumplimiento de los acuerdos de carácter económico, adoptados por el Consejo Directivo y/o la asamblea general de asociados.
Art 102º La Junta revisora de cuentas, está constituida por tres miembros elegidos por la asamblea general, entre los asociados hábiles que tengan un mínimo de cinco años de antigüedad y de profesión contador público colegiado.
Capítulo IV - Del Comité de Patrimonio
Art 103º El Comité de patrimonio, es el órgano encargado de velar por la intangibilidad, inviolabilidad, conservación y supervisión del patrimonio inmobiliario, muebles, maquinaria y equipo, símbolos y emblemas y de los fondos que a efectos destine la asamblea general y el consejo directivo. También aprueba los inventarios de los muebles y enseres del club.
Art 104º El Comité de patrimonio, está constituido por tres miembros elegidos por la asamblea general, entre los asociados hábiles, con no menos de cinco años de antigüedad y que no desempeñen otros cargos en la institución. El comité elige, entre sus miembros, a su presidente.
Art 105º El Comité de patrimonio formula el informe que corresponda para efectos de los señalado en el Art. 32 inciso a), Art.45 inciso), y el Art. 108.
TÍTULO V III PATRIMONIO Y REGIMEN ECONÓMICO
Capítulo I - Del Patrimonio
Art 106º Los bienes patrimoniales del club, están constituidos por:
- Los bienes inmuebles, muebles, objetos de arte y valores que tiene en propiedad, registrados en el inventario de bienes y en el balance
general, y los que adquiera a futuro ya sea a título gratuito u oneroso;
- Los aportes ordinarios de los asociados y los aportes extraordinarios que determine la asamblea general;
- Los ingresos diversos que se recaude por las actividades institucionales que realiza;
- Las donaciones y legados.
Art 107º Los inmuebles y valores, que tiene el club en propiedad, solo pueden ser gravados y/o enajenados para la captación de aportes de capital con fines de mejoras del local; ampliaciones, remodelaciones o nuevas adquisiciones, observándose el requisito señalado en el artículo siguiente.
Art 108º El gravamen y/o enajenación de los bienes inmuebles y valores, solo procederá, cuando medie acuerdo aprobado por la asamblea general en sesión extraordinaria, con la aprobación del quórum no menor al 30% de los asociados hábiles, previa sustentación del Consejo Directivo y opinión del Comité de patrimonio.
Capítulo II - Del Régimen Económico
Art 109º El régimen económico del club, se sustenta por el aporte económico de sus asociados, por los siguientes conceptos:
- Cuota de Ingreso y cotizaciones ordinarias;
- Aportes Extraordinarios;
- Donaciones
- Ingresos diversos provenientes de las actividades que realice la institución.
- Créditos que se obtengan.
Art 110º Las cotizaciones ordinarias y los aportes extraordinarios, son propuestos por el Consejo Directivo y aprobados por la asamblea general.
Art.111º Los aportes extraordinarios, son para fines específicos y de carácter obligatorio. Las donaciones en efectivo o en bienes, pueden provenir de los asociados o de terceros.
Art.112º Los aportes económicos de los asociados, por cualquiera de las modalidades señaladas en el presente estatuto, serán registrados y contabilizados de acuerdo a los principios de contabilidad.
Art 113º El Consejo Directivo, debe informar mensualmente a los asociados, de los importes recaudados.
TITULO IX DE LAS ELECCIONES
CAPÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES
Art 114º Las Elecciones del Consejo Directivo, Tribunal de honor, Junta revisora de cuentas y Comité de patrimonio, se efectúan cada dos años según lo establecido en el Art. 32.
Art 115º Para ser candidato a los cargos elegibles se requiere;
- Tener la condición de asociado hábil.
- Cumplir con los requisitos que señala el estatuto referente a la antigüedad de asociado hábil para cada cargo.
- Haber demostrado compromiso institucional positivo y solvencia moral comprobada.
- No contar con sanción vigente de suspensión o separación temporal, prevista en el artículo 23°, ni revocado en el cargo como miembro de los órganos previstos por la asamblea general, conforme al inciso e) del artículo 34°. Asimismo, no deberá contar con sanciones equivalentes o de expulsión aplicadas en otras asociaciones similares y/o instituciones afines al club.
- No contar con antecedentes policiales, penales y judiciales y/o sentencia firme por delito doloso.
- Acreditar experiencia, formación, capacitación y/o actualización en gestión dentro de la institución o fuera de ella, según corresponda al cargo. Los incisos d) y e), se consideran para requisitos establecidos en el artículo 8°, para ser asociados y se aplican a la evaluación prevista en el artículo 97° y artículo 121° del estatuto, según corresponda.
Art 116º Las elecciones del consejo directivo, se realizan en un solo acto, mediante voto directo, universal y secreto. Es prohibida la elección por aclamación.
Art 117º La postulación a los cargos del consejo directivo, se hace en lista completa, respaldada por las firmas, de no menos de quince por ciento de los asociados hábiles, sin incluir la de los candidatos.
Art 118º La elección de los miembros del jurado electoral, tribunal de honor, junta revisora de cuentas y comité de patrimonio, se realiza según el Art. 32º, mediante propuestas individuales formuladas, por los asociados concurrentes a la asamblea y elección secreta, de cinco miembros para el jurado electoral y tres miembros elegidos, para los otros órganos, entre los candidatos propuestos, resultando elegidos como miembros de cada órgano, los candidatos que obtengan las votaciones más altas, en cada caso.
Art 119º Los miembros del consejo directivo, del tribunal de honor y del comité de patrimonio, pueden ser reelegidos sólo por un periodo institucional inmediato, excepto los miembros de la junta revisora de cuentas.
Art 120º En cada lista de candidatos al consejo directivo, debe figurar un asociado hábil natural de cada una de las provincias del departamento de Ancash, o hijos, cónyuge o parientes de ancashino. En caso de que alguna provincia no tuviera representación, se puede reemplazar con un asociado hábil no ancashino con una antigüedad no menor de cinco años. No pueden figurar en la misma lista para el consejo directivo, padres, hijos o hermanos.
Capítulo II Del Jurado Electoral
Art.121º El Jurado electoral, es el órgano autónomo encargado de organizar y conducir el proceso electoral, con arreglo al estatuto y al reglamento electoral. Sus decisiones son inapelables y contra ellas, no cabe recurso alguno y constituye cosa juzgada para la institución.
Art. 122º El Jurado electoral, está integrado por cinco asociados hábiles, que no desempeñen cargos en otros órganos del club y que tenga una antigüedad no menos de cinco años como asociados hábiles, pudiendo ser integrado hasta por dos abogados. Son elegidos por la asamblea general ordinaria, según los art. 31º y 32º.
Art. 123º El Jurado electoral recibe del sub director general, con informe del director de economía, el padrón de los asociados con derecho a voto, cuya relación es publicada, quince días antes de la fecha fijada para las elecciones.
Art 124º En el padrón electoral, se considera solamente a los asociados hábiles y a los que hayan juramentado, antes de tres meses del día de las elecciones.
Art 125º El Jurado electoral, resuelve las impugnaciones que se presenten, de acuerdo a las normas de su reglamento interno.
Capítulo III - Del Acto de Sufragio
Art 126º La Elección del Consejo Directivo, es válida cuando concurren a la votación por lo menos, la mitad más uno de los asociados hábiles. En caso de no concurrir este número de electores, el jurado electoral, convoca a una votación dentro de quince días naturales siguientes, definiéndose la elección en dicho acto, con la asistencia de un mínimo del 25% de los asociados hábiles. En caso de no alcanzar este porcentaje se llamará a nuevas elecciones, dentro de sesenta días.
Si sólo hubiera una lista, ésta será proclamada en la primera votación, siempre que hayan sufragado por lo menos la mitad más uno de los asociados hábiles; en caso contrario, se procederá conforme a lo establecido en el párrafo precedente.
Art 127º Terminado el acto de sufragio, el escrutinio se realiza en acto público con la asistencia de los personeros, de las listas participantes.
Art 128º Terminado el escrutinio, el presidente del jurado electoral, proclama a la lista ganadora y a los integrantes del consejo directivo.
Art 129º La juramentación del consejo directivo electo, se realiza, en actuación solemne, ante el Presidente del Jurado electoral dentro de los 14 días posteriores a su proclamación.
TITULO X DE LA DISOLUCION DEL CLUB
Art 130º El Club Ancash podrá disolverse, por acuerdo de la asamblea general extraordinaria, con la concurrencia de no menos de las dos terceras partes, de sus asociados hábiles y la aprobación del 75% de ellos.
Art 131º En caso de disolución, el patrimonio del club Ancash, resultante después de su liquidación, será destinado para fines educacionales a la Universidad Nacional "Santiago Antúnez de Mayolo" de Ancash y en ningún caso se distribuirá, directa o indirectamente, entre los asociados.
TITULO XI - DISPOSICIÓN TRANSITORIA
El presente estatuto, entra en vigencia al ser inscrito en el registro de personas jurídicas de la superintendencia nacional de los registros públicos (SUNARP), quedando derogado, el estatuto anterior y su modificatoria parcial.
NOTA: El presente estatuto, por asamblea general de asociados de fecha 20 mayo 2022, se acordó la modificación y aclaración otorgada por escritura pública de fecha 29 agosto 2022, para incorporar los incisos en los siguientes artículos: Art. 50° inciso "j" y Art. 115° incisos "d", "e" y "f".